Decreto No. 282.- Reformas a la Ley Especial para la emisión del Documento Único de Identidad en el Exterior

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 5, inciso tercero de la Constitución de la República establece la obligación positiva del Estado de proveer documentos de identificación a todos los ciudadanos.

  2. Que el artículo 90 de la Constitución establece quienes tienen la calidad de salvadoreños por nacimiento, a su vez, el artículo 91 de la Carta Magna contempla la posibilidad de que dichos salvadoreños puedan tener doble o múltiple nacionalidad.

  3. Que de acuerdo al artículo 92 de la Constitución, se establece la forma en la que se pueden adquirir la calidad de salvadoreños por naturalización.

  4. Que la vigente Ley Especial para la Emisión del Documento Único de Identidad en el Exterior, que fue aprobada por Decreto Legislativo número 685, publicado en el Diario Oficial número 99, Tomo número 367, del 31 de mayo del año 2005, regula los mecanismos para obtención de dicho documento, no obstante, debe ser actualizado para garantizar en mejor forma el derecho a nuestros compatriotas de poseer el Documento Único de Identidad.

  5. Que el Registro Nacional de las Personas Naturales, ha hecho un enorme esfuerzo en la implementación del plan de impresión de Documentos Únicos de Identidad en distintos consulados del mundo, no obstante, existen muchos lugares donde dicha impresión aún no ha sido posible, por lo cual, deben buscarse alternativas para favorecer a nuestros compatriotas, pudiendo realizar la entrega del mismo a través del servicio postal del país en el que se encuentren.

  6. Que en El Salvador la mayoría de los ciudadanos cuentan con su Documento Único de Identidad, pero en el exterior todavía existe un buen número de connacionales que no lo poseen, porque no existen las condiciones que le faciliten el proceso de obtención, por lo que se requiere seguir trabajando para mejorar tal situación.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las y los diputados Walter Amílcar Alemán Hernández, José Pio Amaya Iraheta, Ana Magdalena Figueroa Figueroa, Rebeca Aracely Santos de González, Edwin Antonio Serpas Ibarra, Diana Gabriela Alférez de Díaz y Evelyn Marlene Chávez de Coreas.

DECRETA la siguiente:

REFORMAS A LA LEY ESPECIAL PARA LA EMISIÓN DEL DOCUMENTO ÚNICO DE IDENTIDAD EN EL EXTERIOR

Art. 1.- Refórmese el artículo 4 de la Ley Especial para la Emisión del Documento Único de Identidad en el Exterior, en el sentido se le agregue un segundo y un tercer inciso que establezcan...

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