Decreto No. 3.- Ordenanza transitoria de dispensa de multas e intereses moratorios para el pago de tasas por servicios a favor del municipio de Guazapa

DECRETO No. 3

El Concejo Municipal de Guazapa, Departamento de San Salvador,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Artículo 204 Ordinal de la Constitución de la República establece que la autonomía del Municipio comprende: Decretar las ordenanzas y reglamentos locales.

  2. Que el Código Municipal en el Art. 71 dice: Los Tributos Municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente, causarán un interés moratorio de acuerdo al artículo 47 de la Ley General Tributaria Municipal; y, según los registros de la Unidad de Cuentas Corrientes y Recuperación de Mora, consta que existen contribuyentes que se encuentran en mora.

  3. Que nuestro país es vulnerable a estragos de la naturaleza, lo que aunado a los acontecimientos naturales acaecidos en el territorio de la República y los de naturaleza económica a nivel nacional e internacional en los últimos años, han debilitado la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes, incluyendo a los Sujetos Pasivos de las Tasas por Servicios a favor del Municipio de Guazapa, situación que los ha convertido en morosos de dichos Tributos.

  4. Que es urgente que el gobierno local de Guazapa haga más efectiva la recaudación de los tributos municipales que administra e incremente sus ingresos mediante acciones que induzcan al pago y creen conciencia en los Sujetos Pasivos deudores y cumplan sus obligaciones tributarias por...

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