Decreto No. 3.- Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas a favor del municipio de Santa Elena

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA ELENA DEL DEPARTAMENTO DE USULUTÁN

CONSIDERANDO:

  1. Que la Ley General Tributaria Municipal establece en el artículo 47 que los tributos que no fueren pagados en el plazo correspondiente causarán un interés moratorio.

  2. Que la situación Socio económica dominante en el país cada día es más vulnerable, en especial la del Municipio de Santa Elena, como factor importante ha degradado la capacidad de pago en la mayoría de los contribuyentes o responsables; situación que los ha convertido en sujetos morosos de los Tributos Municipales.

  3. Que es preciso que el Gobierno Municipal recaude sus ingresos mediante el cobro de las Tasas e Impuestos...

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