Decreto No. 3.- Reforma a la Ordenanza reguladora de tasas por servicios del municipio de San Miguel de Mercedes, departamento de Chalatenango
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DE MERCEDES DEL DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO,
CONSIDERANDO:
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Que de conformidad al Artículo 204 ordinales primero y quinto de la Constitución de la República y Artículo 3 del Código Municipal la Autonomía del Municipio comprende: Crear, modificar y Suprimir Tasas y Contribuciones públicas para la realización de obras determinadas dentro de los límites que una Ley General establezca, asimismo decretar las Ordenanzas y Reglamentos locales;
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Que de acuerdo al Artículo 2 de la Ley General Tributaria Municipal inciso segundo, las leyes y ordenanzas que establezcan tributos municipales deben fundamentarse en la capacidad económica de los contribuyentes y en los principios de generalidad, igualdad, equitativa distribución de la carga tributaria y de no confiscación;
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución de la República y el Código Municipal;
DECRETA:
LA SIGUIENTE REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE MERCEDES, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
DERECHOS POR USO DEL SUELO Y SUBSUELO, se reforma el literal i), y se adiciona el literal j): De la siguiente manera:
Nº 11 DERECHOS POR USO DEL SUELO Y SUBSUELO:
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Para instalar y mantener postes del tendido eléctrico, red de televisión, cable y otros de diferente fin en la jurisdicción del Municipio, por cada uno al mes:
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Por su instalación una sola cuota de $ 38.10
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Por mantenerlo Instalado, cada uno al mes $ 9.52
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Para instalar y mantener postes de telefonía en la jurisdicción del Municipio, por cada uno al mes:
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Por su instalación, una sola cuota de $38.10
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Por mantenerlo Instalado, cada uno al mes $...
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