Decreto No. 33.- Reforma a los Protocolos Sanitarios para garantizar los Derechos a la Salud y a la Vida de las Personas, en el proceso de reactivación gradual de la Economía durante la Pandemia por COVID-19, aplicable en las Zonas Occidentales Central y Oriental de la República del El Salvador

DECRETO N°33

EL MINISTRO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO

  1. Que el día veintinueve de julio de dos mil veinte, se emitió el Decreto Ejecutivo No. 32 del Ministerio de Salud, en que se establecen los "PROTOCOLOS SANITARIOS PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS A LA SALUD Y A LA VIDA DE LAS PERSONAS, EN EL PROCESO DE REACTIVACIÓN GRADUAL DE LA ECONOMÍA, DURANTE LA PANDEMIA POR COVID-19, APLICABLES EN LAS ZONAS OCCIDENTAL, CENTRAL Y ORIENTAL DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR", el cual fue publicado en el Diario Oficial No, 153, Tomo 428 de esa misma fecha.

  2. Que mediante la resolución de las ocho horas y quince minutos del día siete de agosto de dos míl veinte, correspondiente al proceso de inconstitucionalidad de referencia 21-2020/23-2020/24-2020/25-2020, la Sala de Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional el Decreto Ejecutivo No. 32 antes- relacionado; "modulando" dicha declaratoria, en el sentido que el Decreto en mención "producirá efectos jurídicos hasta el 23 de agosto dei corriente año, dicha fecha inclusive".

  3. Que por otra parte, desde el día veinticuatro de junio de dos mil veinte se encuentra en la Asamblea Legislativa una propuesta de Régimen de Excepción presentada por el Consejo de Ministros del Órgano Ejecutivo, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales atinentes, con el fin de adaptar el marco jurídico aplicable a la situación real de Pandemia que vive El Salvador, de modo que se estableciera una cuarentena estricta por un plazo de 15 días; propuesta que fue realizada en seguimiento de los términos de la sentencia de inconstitucionalidad del proceso de referencia 21-2020/232020/24-2020/25-2020, emitida el ocho de junio de dos mil veinte, que declaró inconstitucionales todos los cuerpos normativos relacionados con la protección de los derechos a la vida y a la salud de los salvadoreños en relación con la Pandemia por COVID-19;

  4. Que en los 45 días que han pasado desde aquel veinticuatro de junio de dos mil veinte, la Asamblea Legislativa no ha realizado sesión alguna en la que haya sometido a votación la propuesta de régimen de excepción presentada por el Órgano Ejecutivo, destinada a buscar la protección de la salud y la vida de la población, a través del establecimiento de una cuarentena estricta por un plazo de 15 días.

  5. Que pese a los continuos esfuerzos desarrollados por el Gobierno de El Salvador para salvaguardar los derechos fundamentales a la vida y a la salud de la...

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