Decreto No. 4.- Decreto de Prórroga de extensión de plazo de vigencia de la Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de San Juan Nonualco, departamento de La Paz

DECRETO No. 4.

La Municipalidad de San Juan Nonualco, Departamento de la Paz,

CONSIDERANDO:

I Que el Concejo Municipal de esta ciudad, promulgó LA ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E IMPUESTOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN NONUALCO, en fecha primero de octubre de dos mil, publicada en el Diario Oficial, Número 193, Tomo No. 381 de fecha quince de octubre de dos mil ocho.

II Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente seguir otorgando incentivos tributarios con carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes, para el pago de sus deudas Tributarias Municipales, especialmente aquellas personas que solicitan planes de pagos por no tener el monto total de la deuda.

III Que esta determinación tiene como objetivo beneficiar a los habitantes de este municipio que se encuentran en mora y además traerle mayor recurso al Tesoro Municipal, que actualmente se está pasando por una situación difícil debido al pasivo contable con el que se carga y esto daría un respiro para el cumplimiento de algunas obligaciones.

POR TANTO:

En uso de las facultades y competencias, que le concede el Código Municipal, esta Municipalidad.

DECRETA:

DECRETO DE PRORROGA DE EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E IMPUESTOS MUNICIPALES A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

Art. 1

Se extiende el plazo de vigencia por tres meses contados a partir de los ocho días después de la publicación del presente Decreto, para que los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal que adeudan Tasas e Impuestos al municipio de San Juan Nonualco puedan acogerse al beneficio de exención de multas e intereses y extensión de tiempo del Decreto de exención de la ordenanza en referencia y solventar su deuda con esta Alcaldía.

Art. 2

Todas las disposiciones comprendidas en la Ordenanza Transitoria de Exención aludida, favorece a las personas naturales y jurídicas a que se refiere la expresada normativa, quienes deberán solicitar al Departamento de Cuentas Corrientes, los...

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