Decreto No. 402.- Reformas al Decreto Legislativo de Creación del Fondo de Actividades Especiales para la atención a los salvadoreños y salvadoreñas en el Exterior y para las personas tenornadas
DECRETO N° 402
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
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Que el artículo 2 de la Constitución de la República reconoce que toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos. Por lo que, el Estado debe crear los mecanismos necesarios para responder de forma ágil, oportuna y articulada a las necesidades que presentan las personas en condición de movilidad humana.
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Que para lograr los objetivos planteados es necesario el fortalecimiento de la red diplomática y consular, para que sean capaces de ejecutar una política exterior acorde con los grandes intereses de El Salvador en el ámbito internacional.
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Que de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo las competencias del Ministerio de Relaciones Exteriores a través de sus representaciones diplomáticas y consulares, buscan establecer vínculos económicos con los salvadoreños en el exterior, por medio de actividades orientadas a aumentar las relaciones económicas, comerciales, de inversión y de turismo, la defensa, promoción y protección de los derechos de la diáspora salvadoreña que se encuentre en cualquiera de las etapas de la movilidad humana; así como, la prestación de servicios consulares modernos, eficientes y seguros, entre otros.
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Que corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores a través del Viceministerio de Diáspora y Movilidad Humana coadyuvar en la creación de procesos y acciones de asistencia humanitaria, reintegración y desarrollo de las poblaciones en condición de movilidad humana, independientemente de su estatus migratorio, priorizando a los grupos vulnerables, tanto en origen, tránsito, destino o retorno, por medio de proyectos que permitan facilitar su desarrollo e integración en el país.
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Que la nueva visión de modernización de la Administración Pública, tiene como objetivo programático elevar la capacidad de respuesta ante los retos y desafíos que presenta la movilidad humana nacional e internacional, por lo que se hace necesario reformar el Decreto Legislativo n.° 617, de veintitrés de febrero de dos mil diecisiete, publicado en el...
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