Decreto No. 456.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto vigente en la parte que corresponde al ramo de Justicia y Seguridad Pública
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
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Que mediante Decretos Legislativos números 161 y 162, ambos de fecha 29 de octubre de 2015, publicados en el Diario Oficial Nº 203, Tomo 409, del 5 de noviembre de ese mismo año, se emitió la Ley de Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana y la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, con el objeto de establecer una Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia y garantizar los fondos necesarios para el financiamiento y ejecución del Plan de Seguridad Ciudadana.
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Que de conformidad a lo que establece el artículo 2 de la Ley de Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana y el artículo 11 de la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, los recursos provenientes de dichas Contribuciones Especiales serán utilizados para la seguridad ciudadana y convivencia, que se concretará en diversos beneficios, tales como instituciones de seguridad fortalecidas, la recuperación de espacios públicos y la reducción de incidencia delictiva en estos, el desarrollo de los programas de reinserción y prevención del delito, entre otros.
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Que la Presidencia de la República por medio del Ministro de Hacienda, solicitó según un conjunto de prioridades establecidas a varias instituciones que ejecutan funciones específicas relacionadas con el alcance de los objetivos y fines del Plan Control Territorial, una distribución de un monto de US$24,733,250 de los cuales por medio de Decreto Legislativo Nº 426, de fecha tres de octubre del corriente año, se distribuyó un monto de US$21,483,250 quedando una disponibilidad de US$3,250,000 los cuales serán ejecutados por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, de cuyo monto, US$2,750,000 serán destinados para la rehabilitación, mejora y dinamización de espacios públicos, en un conjunto de municipios definidos por dicho Ministerio y $500,000 para la atención integral a víctimas de diferentes delitos; en armonía con la ejecución del Plan Control Territorial.
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Que con el propósito de atender las prioridades establecidas por las instituciones que ejecutan funciones específicas relacionadas con el alcance de los objetivos y fines del Plan Control Territorial, se requiere efectuar en la Ley de Presupuesto 2019, una transferencia de recursos entre asignaciones presupuestarias de distintos...
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