Decreto No. 456.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto vigente en la parte que corresponde al ramo de Justicia y Seguridad Pública

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decretos Legislativos números 161 y 162, ambos de fecha 29 de octubre de 2015, publicados en el Diario Oficial Nº 203, Tomo 409, del 5 de noviembre de ese mismo año, se emitió la Ley de Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana y la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, con el objeto de establecer una Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia y garantizar los fondos necesarios para el financiamiento y ejecución del Plan de Seguridad Ciudadana.

  2. Que de conformidad a lo que establece el artículo 2 de la Ley de Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana y el artículo 11 de la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, los recursos provenientes de dichas Contribuciones Especiales serán utilizados para la seguridad ciudadana y convivencia, que se concretará en diversos beneficios, tales como instituciones de seguridad fortalecidas, la recuperación de espacios públicos y la reducción de incidencia delictiva en estos, el desarrollo de los programas de reinserción y prevención del delito, entre otros.

  3. Que la Presidencia de la República por medio del Ministro de Hacienda, solicitó según un conjunto de prioridades establecidas a varias instituciones que ejecutan funciones específicas relacionadas con el alcance de los objetivos y fines del Plan Control Territorial, una distribución de un monto de US$24,733,250 de los cuales por medio de Decreto Legislativo Nº 426, de fecha tres de octubre del corriente año, se distribuyó un monto de US$21,483,250 quedando una disponibilidad de US$3,250,000 los cuales serán ejecutados por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, de cuyo monto, US$2,750,000 serán destinados para la rehabilitación, mejora y dinamización de espacios públicos, en un conjunto de municipios definidos por dicho Ministerio y $500,000 para la atención integral a víctimas de diferentes delitos; en armonía con la ejecución del Plan Control Territorial.

  4. Que con el propósito de atender las prioridades establecidas por las instituciones que ejecutan funciones específicas relacionadas con el alcance de los objetivos y fines del Plan Control Territorial, se requiere efectuar en la Ley de Presupuesto 2019, una transferencia de recursos entre asignaciones presupuestarias de distintos...

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