Decreto No. 5.- Ordenanza transitoria de dispensa de multas e intereses generados por deudas en concepto de tasas por servicios de agua potable y todos los servicios a favor del municipio de San Cristóbal, departamento de Cuscatlán

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA VILLA DE SAN CRISTOBAL, DEPARTAMENTO DE CUSCATLÁN, CONSIDERANDO:

  1. Que en el artículo 203 de la Constitución de la República, establece que los Municipio serán Autónomos en lo económico, en lo Técnico y en lo Administrativo; el artículo 204 ordinal 5°, establece que la autonomía del Municipio comprende la facultad de "Decretar las Ordenanzas y Reglamentos Locales";

  2. Que el artículo 3 número 5 del Código Municipal, señala que es potestad del Municipio Decretar Ordenanzas y Reglamentos Locales, que de conformidad al artículo 30 Número 4, es facultad del Concejo Municipal emitir Ordenanzas y Reglamentos y Acuerdos Municipales;

  3. Que el artículo 36 de la Ley General Tributaria Municipal establece que sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo 34 de la misma Ley, los Municipios podrán mediante arreglo, conceder facilidades para el pago de los tributos causados;

  4. Que la crisis económica ha reducido la capacidad de pago de los contribuyentes del Municipio de San Cristóbal, convirtiéndolo a muchos en personas morosas por falta de pago de Tributos Municipales;

  5. Que con el fin de facilitar que los contribuyentes insolventes paguen tributos, es necesario que el Gobierno Municipal tome las medidas pertinentes para facilitar el pago mediante la exención de intereses y multas generadas por el no pago de impuestos y Tasas Municipales;

  6. Que no existe en la Constitución de la República legislación secundaria, prohibición alguna para condonar o dispensar el pago de intereses o accesorios a la obligación principal, por tanto, esta Ordenanza beneficiará a los contribuyentes, por consiguiente, la municipalidad percibirá mayores ingresos tributarios para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones;

  7. Que mediante Decreto No. 1, del 28 de junio del 2018, publicada en el Diario Oficial No. 180, Tomo No. 416, del 28 de septiembre de 2018, esta Municipalidad emitió Ordenanza de Dispensa de Multas e Intereses únicamente para los usuarios del servicio de Agua Potable, no obstante de la totalidad de los usuarios registrados fue la minoría la que se acogió a dicho beneficio, por lo que consideramos necesario emitir nuevamente un decreto que beneficie a la totalidad de los usuarios, incluyendo a los usuarios y beneficiarios de los demás servicios regulados en la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales del Municipio.

Por tanto en uso de sus facultades constitucionales y legales...

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