Decreto No. 5.- Ordenanza transitoria de dispensa de intereses y multas provenientes de deudas por tasas por servicios e impuestos a favor del municipio de Mejicanos

EL CONCEJO MUNICIPAL,

CONSIDERANDO que:

  1. El Art. 203 de la Constitución de la República le otorga autonomía a los Municipios, en lo económico, técnico y administrativo. Asimismo, el Art. 204 del mismo cuerpo normativo, establece que la autonomía del Municipio comprende crear, modificar y suprimir tasas.

  2. Conforme al Art. 3 numeral 5 del Código Municipal la autonomía municipal se extiende, a decretar ordenanzas y reglamentos locales.

  3. El Art. 7 de la Ley General Tributaria Municipal, prescribe que es competencia de los Concejos Municipales, crear, modificar o suprimir tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de las Ordenanzas respectivas, todo en virtud de las facultades conferidas en la Constitución de la República.

  4. El Art. 46 ordinales y de la Ley General Tributaria Municipal, respectivamente, prescriben que la mora del sujeto pasivo da lugar al devengo de...

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