Decreto No. 592.- Reforma a la Ley Procesal de Familia

DECRETO N.° 592

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Constitución “La familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado, quien dictará la legislación necesaria y creará los organismos y servicios apropiados para su integración, bienestar y desarrollo social, cultural y económico”.

  2. Que según lo establecido en el Código de Familia en los artículos 133 y 135 "La filiación es el vínculo de familia existente entre el hijo y sus padres. Respecto del padre se denomina paternidad y respecto de la madre, maternidad”. “La paternidad se establece por disposición de la Ley, por reconocimiento voluntario o por declaración judicial”.

  3. Que mediante sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de enero de 2022, se declaró inconstitucional de un modo general y obligatorio el artículo 151 del Código de Familia, por contravenir el artículo 36 inciso de la Constitución, en tanto que contiene una omisión parcial por protección deficiente del derecho a la identidad en su vertiente de identidad personal en referencia a la realidad biológica, pues no reconoce la legitimación procesal activa de la persona que afirme ser el padre biológico de otra para impugnar la paternidad establecida por ministerio de Ley.

  4. Que mediante la sentencia de inconstitucionalidad relacionada en el considerando anterior, se ordena a la Asamblea Legislativa reformar el artículo 151 del Código de Familia, en el sentido de adicionar la legitimación procesal activa de la persona que afirme ser el padre biológico y señalar las medidas para que su reconocimiento no sea objeto de abusos por parte de las personas legitimadas; dichas medidas tendrán que tener un doble enfoque, preventivo y reactivo; así, en el enfoque preventivo: se podrá declarar la reserva del proceso, establecer un plazo de caducidad para el ejercicio de la pretensión o bien la exigibilidad de una caución que garantice el resarcimiento de los daños causados por el ejercicio abusivo de la pretensión; y...

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