Decreto No. 618.- Prórroga a la Ley Transitoria para la Estabilización de Precios del Gas Licuado de Petróleo

DECRETO No. 618

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo No. 168, de fecha 28 de septiembre de 2021, publicado en el Diario Oficial No. 185, Tomo No. 432, del 29 del mismo mes y año, se emitió la Ley Transitoria para la Estabilización de Precios del Gas Licuado de Petróleo, con la finalidad de contribuir a que la variabilidad de los precios no afecte negativamente a las familias salvadoreñas y agentes económicos que, en atención a sus necesidades, consumen el Gas Licuado de Petróleo.

  2. Que mediante Decreto Legislativo No. 514, de fecha 27 de septiembre de 2022, publicado en el Diario Oficial No. 181, Tomo No. 436, del 28 de septiembre del mismo año, se prorrogaron los efectos del citado Decreto No. 168, hasta el 31 de diciembre de 2022.

  3. Que la emisión de los Decretos Legislativos antes relacionados, tuvieron el propósito de contrarrestar la constante fluctuación del precio internacional de los hidrocarburos, que incide directa y negativamente en el precio del Gas Licuado de Petróleo consumido por la población en nuestro país y como una consecuencia de la adopción de esta medida, se ha logrado mantener una razonable estabilidad de la economía de las familias salvadoreñas, por efectos de esta variable.

  4. Que luego de las evaluaciones técnicas que el caso amerita, se puede advertir que los motivos y condiciones que originaron la emisión del referido Decreto Legislativo No. 168 y su prórroga, siguen afectando e impactando negativamente a la economía de las familias salvadoreñas y agentes económicos en todo el territorio nacional.

  5. Que en razón de lo antes expuesto y con el objeto de continuar beneficiando la economía de las familias salvadoreñas, es procedente prorrogar los efectos de esta medida de orden fiscal, contenida en el precitado Decreto Legislativo No. 168, hasta el día 28 de febrero del año 2023.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio de los Ministros de Hacienda y de Economía,

DECRETA la siguiente:

PRÓRROGA A LA LEY TRANSITORIA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS DEL GAS LICUADO DE PETRÓLEO

Art. 1. Prorróganse hasta el 28 de febrero de 2023, los efectos del Decreto Legislativo No. 168,...

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