Decreto No. 618.- Reforma a la Ley transitoria para diferir el pago de facturas de servicios de agua, energía eléctrica y telecomunicaciones (Teléfono, Cable e Internet)

DECRETO N.º 618

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo n.º 601, de fecha 20 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial n.º 58, Tomo n.º 426 de la misma fecha, se emitió la Ley Transitoria para Diferir el Pago de Facturas de Servicios de Agua, Energía Eléctrica y Telecomunicaciones (Teléfono, Cable e Internet), con el fin de mitigar el impacto económico que pudieran provocar las medidas sanitarias adoptadas para evitar la propagación del COVID-19.

  2. Que en el artículo 2 inciso 3º de la ley mencionada se estableció que: "En el caso de la factura de energía eléctrica se dispone que cuando se trate de personas naturales se aplicará estos beneficios solamente si su factura tiene un consumo de hasta 200/Kwh mes y se incluirá el consumo de energía eléctrica de las Juntas de Agua, proyectos comunitarios, municipales y sus diferentes acepciones".

  3. Que con el objeto de beneficiar a un mayor número de personas naturales con los efectos de la Ley Transitoria antes mencionada, es necesario incrementar de 200/Kwh a 250/Kwh a fin de salvaguardar la economía familiar de los hogares que se encuentran en el rango de consumo de energía detallados en el presente romano.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República por medio de la Ministra de Economía,

DECRETA, la siguiente:

REFORMA A LA LEY TRANSITORIA PARA DIFERIR EL PAGO DE FACTURAS DE SERVICIOS DE AGUA, ENERGÍA ELÉCTRICA Y TELECOMUNICACIONES (TELÉFONO, CABLE E INTERNET)

Art.- 1.-...

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