Decreto No. 668.- Disposiciones transitoria para utilizar la totalidad del 75% de la Asignación Correspondiente a los meses de junio, julio y agosto del Ejercicio fiscal 2020 asignado por Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico Social de los Municipios

DECRETO No. 668

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por Decreto Legislativo No. 74, de fecha 8 de agosto de 1988, publicado en el Diario Oficial No. 176, Tomo 300, del 23 del mismo mes y año, se emitió la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios.

  2. Que el artículo 8 de la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios, establece que los Gobiernos Locales no podrán utilizar más del 25% del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios, en gastos de funcionamiento.

  3. Que debido a que son exponenciales los casos de contagio y muertes ocurridos en otros países del mundo y ante el peligro inminente que atraviesa el país con la expansión del COVID-19, con el propósito de paliar los efectos económicos negativos en nuestro país, debido a los cierres preventivos de establecimientos comerciales de múltiples sectores de la economía, así como los estragos que hemos sufrido por las depresiones tropicales "Amanda" y "Cristóbal".

  4. Que por Decreto Legislativo No. 624. de fecha 16 de abril de 2020, publicado en el Diario Oficial No. 85, Tomo 427, del mismo mes y año, se decretaron Disposiciones Transitorias para utilizar la totalidad del 75% de la asignación correspondiente a los meses de abril y mayo del ejercicio Fiscal 2020 asignado por Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios.

  5. Que los Gobiernos Municipales necesitan garantizar a la población salvadoreña la seguridad alimentaria y sanitaria, lo que conlleva asegurar que la misma cuente con todos aquellos bienes que sean necesarios para atender los estragos sufridos por COVID-19 y depresiones tropicales "Amanda" y "Cristóbal", ante ello es necesario emitir de carácter transitorio Disposiciones que permitan utilizar, del Fondo de Desarrollo Económico y Social de los Municipios (FODES), la totalidad del 75% de la cuota correspondiente a los meses de junio, julio y agosto del presente ejercicio fiscal, para poder implementar medidas para evitar la propagación del virus, así como sufragar las diferentes erogaciones que han tenido que hacer las 262 municipalidades para atender los...

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