Decreto No. 7.- Se crea el Comisionado Presidencial para los Derechos Humanos

DECRETO No. 7

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 24 de fecha 18 de abril de 1989, publicado en el Diario Oficial No. 70, Tomo No. 303, de esa misma fecha, se emitió el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo;

  2. Que en el Art. 27-A del referido Reglamento, se establece la figura de los Comisionados Presidenciales, quienes se constituyen como fun- cionarios idóneos para proporcionar el respectivo seguimiento a determinadas áreas del quehacer gubernamental y entre otras atribuciones, asesoran al Presidente de la República, con el objeto de lograr el eficaz cumplimiento de algunos fines específicos del Estado, estando su nombramiento a cargo del mandatario de la República;

  3. Que el Art. 168, ordinales y de la Constitución de la República, establecen que son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República, procurar la armonía social y conservar la paz y tranquilidad interiores y la seguridad de la persona humana como miembro de la sociedad; así como vigilar el cumplimiento de los tratados y Convenciones internacionales suscritos y ratificados por nuestro país;

  4. Que la promoción y protección de los derechos humanos en El Salvador, requiere la articulación de esfuerzos entre las distintas instituciones del Órgano Ejecutivo; así como la estrecha coordinación y colaboración entre los Órganos Fundamentales del Estado y demás Instituciones de la Administración Pública, como la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos; considerando además, las acciones desa- rrolladas por las organizaciones de la sociedad civil, a fin de fortalecer los avances en la materia;

  5. Que es preciso dar seguimiento a la implementación de las recomendaciones formuladas a El Salvador, por órganos de tratados de los cuales es parte y por...

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