Decreto No. 756.- Ley transitoria para el ajuste del pago de la tasas anual establecida en el Artículo 116 de la Ley de Telecomunicaciones por la crisis del COVID

DECRETO No. 756

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el inciso segundo del artículo 1 de la Constitución de la República establece que es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.

  2. Que también establece en su artículo 6 que: "Toda persona puede expresar y difundir libremente sus pensamientos siempre que no subvierta el orden público, ni lesione la moral, el honor, ni la vida privada de los demás".

  3. Que los medios de comunicación realizan un servicio público plenamente caracterizado, que tiende a satisfacer las necesidades colectivas de información, de integración y de expresión de la opinión pública, y por lo tanto en un país democrático como lo es la República de El Salvador, el Estado debe procurar la existencia de la mayor cantidad de medios de comunicación a fin de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de libertad de expresión y de información de sus ciudadanos.

  4. Que según informes de la Asociación Internacional de Radiodifusión AIR, el rol que ha tenido la radio y la televisión desde el inicio de la pandemia por COVID-19, a través de la difusión libre y gratuita de información verificada y oportuna sobre la enfermedad, así como de los variados contenidos de ayuda social y sanitaria, junto a la entretención y necesario esparcimiento, ha demostrado nuevamente el papel preponderante que la radio y la televisión tienen en la sociedad, en virtud que los ciudadanos prefieren medios formalmente establecidos para acceder a información contrastada y confiable.

  5. Que según el artículo 116 de la...

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