Decreto No. 957.- Disposición transitoria a la Ley Especial para facilitar la cancelación de las deudas agrarias y agropecuarias

DECRETO No. 957

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 101 de la Constitución de la República de El Salvador en su inciso segundo establece que el Estado promoverá el desarrollo económico y social mediante el incremento de la producción, la productividad y la racional utilización de los recursos.

  2. Que mediante Decreto Legislativo No. 263 de fecha 23 de marzo de 1998, publicado en el Diario Oficial N° 64, Tomo 339 del 02 de abril de 1998, se aprobó la Ley Especial para Facilitar la Cancelación de las Deudas Agraria y Agropecuaria, que tiene por objeto contribuir a la reactivación del sector agropecuario mediante la recaudación de los créditos a su valor actual y el establecimiento de los mecanismos financieros que permitan cancelar las deudas contraídas por los adjudicatarios de tierras y los beneficiarios de la reforma agraria para con el Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA) y con la extinta Financiera Nacional de Tierras (FINATA).

  3. Que el referido Decreto Legislativo No. 263 en el inciso primero del Artículo 4, contempla que las instituciones del Sistema Financiero quedarán obligadas a suscribir un convenio con las instituciones acreedoras de la citada ley, a fin de otorgar crédito en las condiciones que establece dicha disposición, para lo cual se estableció un plazo que venció el 30 de junio del 2017, mediante prórroga otorgada por medio del Decreto Legislativo No. 567 de fecha 14 de diciembre del año 2016, publicado en el Diario Oficial N° 240, Tomo N° 413 de fecha 23 de diciembre de 2016.

  4. Que a la fecha existe una gran cantidad de personas y pequeños agricultores, que no se han acogido a los beneficios que establece el inciso primero del artículo 4 del Decreto No. 263, para cancelar sus deudas agraria y agropecuaria, por medio del pronto pago, por lo que se hace necesario ampliar su plazo por un período de un año.

POR TANTO:

En uso de las facultades Constitucionales, y a iniciativa de los diputados Mario Marroquín, Alma Cruz, Audelia López, Calixto Mejía, Cristina Cornejo, Estela Hernández, Jaime Valdés, Lucía Baires, Margarita Rodríguez, Nelson Quintanilla, Omar Cuéllar, Rolando Mata, Zoila Quijada, Ana Alvarenga, Blandino Nerio, Carlos Ruiz, Elizabeth Gómez, Jaime Sandoval, Karina Sosa, Manuel Flores, Misael Mejía, Nidia Díaz, Rodolfo Martínez y...

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