DERECHOS POR SERVICIOS Y LICENCIAS PARA LOS ESTABLECIMIENTOS APLICABLES EN LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS.

DECRETO No. 417

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

CONSIDERANDO:

  1. Que por Decreto Legislativo No. 1008, de fecha 22 de febrero de 2012, publicado en el Diario Oficial No. 43, Tomo No. 394, del 2 de marzo del mismo año, se emitió la Ley de Medicamentos, la cual tiene por objeto garantizar la institucionalidad que permita asegurar la accesibilidad, registro, calidad, disponibilidad, eficiencia y seguridad de los medicamentos para la población.

  2. Que mediante Decreto Legislativo No. 373, de fecha 19 de noviembre de 1992, publicado en el Diario Oficial No. 220, Tomo No. 317, del 30 del mismo mes y año, se fijaron los derechos por servicios y licencias para los establecimientos de salud.

  3. Que es necesario actualizar los derechos por servicios y licencias para los establecimientos de salud a las condiciones actuales, tomando en cuenta la vigencia de la Ley de Medicamentos.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del presidente de la República, por medio de la ministra de Salud, y de las diputadas y diputados Othon Sigfrido Reyes Morales, Francisco Roberto Lorenzana Durán, Lorena Guadalupe Peña Mendoza, Irma...

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