DISPOSICIONES ESPECIALES Y TRANSITORIAS PARA LA EXONERACIÓN AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA DEL PAGO DEL IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES Y A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS, EN LAS OPERACIONES DE COMPRA DE SEMILLA MEJORADA DE FRIJOL, SEMILLA CERTIFICADA DE MAÍZ E INSUMOS AGRÍCOLAS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DE PAQUETES AGRÍCOLAS.

DECRETO N° 900

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad con el Art. 101, inciso segundo de la Constitución de la República, es deber del Estado promover el desarrollo económico y social, mediante el incremento de la producción, la productividad y la racional utilización de los recursos, así como fomentar los diferentes sectores de la producción, en beneficio de los consumidores.

  2. Que mediante Decreto Legislativo N° 647, de fecha 3 de abril de 2014, publicado en el Diario Oficial N° 68, Tomo N° 403, del 9 de ese mismo mes y año, se emitió la Ley de Desarrollo y Protección Social, misma que reconoce en el Art. 30, letras

    i) y j), como parte del Subsistema de Protección Social Universal, el Programa de Agricultura Familiar y Paquetes Agrícolas.

  3. Que en el año 2014, se compraron 102,000 quintales de semilla certificada de maíz y 50,500 quintales de semilla mejorada de frijol, lo que significó un ahorro aproximado de $2,418,780.00 dólares de los Estados Unidos de América, en virtud de la exoneración al Ministerio de Agricultura y Ganadería del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, en la adquisición de las mismas.

  4. Que con el objeto de garantizar la cobertura de beneficiarios de la provisión de semilla certificada de maíz, semilla mejorada de frijol e insumos agrícolas, con el presupuesto asignado para tal efecto, es necesario solicitar, conforme al Art. 6 del Código Tributario, en relación con el Art. 174 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), la exoneración específica del mencionado impuesto en la adquisición de semilla mejorada de frijol y semilla certificada de maíz, así como de insumos agrícolas.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades...

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