AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE HACIENDA LA DONACIÓN DE UN INMUEBLE UBICADO EN FINCA EL ESPINO, A LAS MUNICIPALIDADES DE SAN SALVADOR Y ANTIGUO CUSCATLAN
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 433.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que de conformidad con el Art. 233 de la Constitucin de la Repblica, los bienes
de la Hacienda Pblica y los de uso pblico slo podrn donarse, o darse en
usufructo, comodato o arrendamiento, con autorizacin del Organo Legislativo
a entidades de utilidad general;
-
Que de acuerdo con la inscripcin Nmero Dieciocho del Libro Mil quinientos
cuarenta del Registro de la Propiedad del Departamento de La Libertad, el Estado
y Gobierno de El Salvador es dueo y actual poseedor de un inmueble de
naturaleza urbana, situado en jurisdiccin de Antiguo Cuscatln, Departamento
de La Libertad, de una extensin superficial de doscientas cincuenta y tres
hectreas sesenta y cinco reas setenta y siete centireas o metros cuadrados,
equivalentes a trescientas sesenta y dos manzanas nueve mil cuatrocientas cinco
varas cuadradas;
-
Que a solicitud del Seor Presidente de la Repblica, el Consejo de Ministros en
sesin celebrada el da trece de mayo de mil novecientos noventa y dos, acord
donar en forma proindivisa y por iguales partes a los Municipios de San Salvador
y Antiguo Cuscatln, parte del inmueble referido en el considerando anterior, en
una extensin superficial de ochenta y nueve hectreas ochenta y nueve reas
cuarenta centireas, equivalentes a ciento veintiocho manzanas seis mil doscientas
treinta varas cuadradas, con la finalidad de que tal porcin sea destinada
nicamente y exclusivamente para establecer un parque bosque;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la Repblica, por medio
de los Ministros de Hacienda y de Agricultura y Ganadera,
DECRETA:
San Salvador y Antiguo Cuscatln un inmueble de naturaleza urbana, situado en jurisdiccin de Antiguo
Cuscatln, Departamento de La Libertad, de una extensin superficial de ochenta y nueve hectreas ochenta
y nueve reas cuarenta centireas, equivalentes a ciento veintiocho manzanas seis mil doscientas trei...
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