ERÍGESE LA JURISDICCIÓN AMBIENTAL CON COMPETENCIA EN ACCIONES CIVILES EN LAS QUE SE DEDUZCA RESPONSABILIDADES CONTRA EL MEDIO AMBIENTE.

DECRETO N° 684

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución de la República, en su artículo 117, establece que es deber del Estado proteger los recursos naturales y la diversidad e integridad del medio ambiente, para garantizar el desarrollo sostenible.

  2. Que la Ley del Medio Ambiente contenida en el Decreto Legislativo N° 233, de fecha 2 de marzo, de 1998 y publicada en el Diario Oficial N° 79, Tomo N° 339, del 4 de mayo del mismo año, tiene por objeto desarrollar las disposiciones de la Constitución de la República que se refieren a la protección, conservación y recuperación del medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones; así como también, normar la gestión ambiental, pública y privada, y la protección ambiental como obligación básica del Estado, los municipios y los habitantes en general; y asegurar la aplicación de los tratados internacionales celebrados por El Salvador en esta materia.

  3. Que para una mejor administración de justicia en materia ambiental, es necesaria la creación de Juzgados Ambientales en Primera Instancia y Cámara Especializada en Segunda Instancia, como lo establece el artículo 99 de la Ley del Medio Ambiente.

  4. Que será la Corte Suprema de Justicia quien deberá disponer la forma de organización y estructura administrativa de...

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