ESTABLÉCESE LÍMITES TERRITORIALES ENTRE LOS MUNICIPIOS DE EL TRIUNFO Y SESORI, DE LOS DEPARTAMENTOS DE USULUTÁN Y SAN MIGUEL.

DECRETO N° 10

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los Municipios que comprenden el Departamento de Usulután, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las Municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y firma del Acta de Límite Municipal EL TRIUNFO - SESORI con referencia N° 1105 - 1219, la cual se toma como base para el contenido del presente Decreto y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que de conformidad al Art. 131 Ordinal 5° de la Constitución, es competencia de este Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar Leyes secundarias.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de los Diputados Mario Antonio Ponce López, Guadalupe Antonio Vásquez Martínez y de los ex Diputados Erik Mira Bonilla, Carlos Cortez Hernández, Mario Eduardo Valiente Ortiz y Nery Arely Díaz Aguilar.

DECRETA:

Art. 1.- Se establece como límite entre los Municipios de El Triunfo y Sesori de los Departamentos de Usulután y San Miguel, el siguiente:

El trazo del límite Municipal está formado por dos trayectos. El primer trayecto compuesto de tres tramos, determinado por cuatro puntos, numerados del uno al cuatro, por elemento natural hidrográfico; El segundo trayecto, compuesto de tres tramos, determinado por cuatro puntos numerados del cuatro al siete, por linderos de parcelas.

La medición de las coordenadas correspondientes a la longitud y latitud de cada uno de los puntos que conforman el límite, se ha realizado sobre la información catastral del sistema antiguo, debido a que en la zona oriental, específicamente los Departamentos de Usulután y San Miguel, aún no se ha realizado la actualización de la base catastral.

Punto Trifinio de inicio. Está definido en la desembocadura del Río Los Limones, sobre la margen derecha del Río Gualcho o San Antonio, lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los Municipios de...

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