EXONÉRASE DEL PAGO DEL IMPUESTO LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS QUE PUEDA CAUSAR, EQUIPO PARA LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO VETERINARIO Y CONTROL DE CALIDAD; PARA LABORATORIO DE SANIDAD VEGETAL Y LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO VEGETAL, QUE HAN SIDO DONADOS, A FAVOR DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

DECRETO N° 80

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Ministerio de Agricultura y Ganadería ha recibido en concepto de donación equipo para el Laboratorio de Diagnóstico Veterinario y Control de Calidad; Laboratorio de Sanidad Vegetal y Laboratorio de Diagnóstico Vegetal, del Proyecto Regional de Apoyo a la Calidad y a la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias en Centroamérica, conocido por sus siglas PRACAMS, financiado con fondos de la Unión Europea.

  2. Que la donación realizada fortalecerá con tecnología y equipo los laboratorios del Ministerio de Agricultura y Ganadería, lo que le permitirá implementar de mejor manera las medidas sanitarias necesarias para la protección del patrimonio agropecuario, en armonía con la defensa de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y la salud humana.

  3. Que de conformidad a las facultades que la Constitución de la República en el Art. 131 le confiere a la Asamblea Legislativa, es procedente exonerar del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, así como del pago de todos los tributos, incluido el de bodegaje, que pueda causar la introducción al país del referido donativo.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Agricultura y Ganadería.

DECRETA:

Art. 1.- Exonérase al Ministerio de Agricultura y Ganadería, del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, así como del pago de todos los tributos, incluido el de bodegaje, que pueda causar la introducción al país de los siguientes bienes: LOTE UNO: cuatro abrigos de protección para inspección en cuarto frío, cuatro arnés regulable para seguridad, un autoclave eléctrico 150 litros, un autoclave eléctrico 75 litros, un baño de maría, una cabina de seguridad biológica, una cámara climatizada, una cámara de flujo laminar clase 10 de 900 mm, una centrifuga 6000 RPM, una centrifuga refrigerada de píe, dos chalecos salvavidas, un chuzo (picana) eléctrico recargable, un contador numérico manual (cuenta ganado), dos destillador/desionizador y purificador, una estufa de esterilización, cuatro guantes de látex descartables Nº 7,5 o equivalente, cuatro guantes de látex descartables Nº 8,5 o equivalente, dos iluminación por fibra óptica con dos brazos flexible, una incubadora (+21+70°C) 100 litros, una incubadora refrigerada 120...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR