EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, A FAVOR DE LA IGLESIA CENTRO FAMILIAR DE ADORACIÓN Y MISIONES, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE UN VEHÍCULO

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 111

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Iglesia, Centro Familiar de Adoración y Misiones, es una entidad de

    naturaleza religiosa, apolítica y no lucrativa, cuyos objetivos son la difusión,

    proliferación, enseñanza y práctica del mensaje del Evangelio de nuestro Señor

    Jesucristo, conforme a lo preceptuando por la Santa Biblia.

  2. Que para el logro de sus objetivos, introducirán al país un vehículo que les ha sido

    donado, el cual será utilizado para transportar a los miembros de la Iglesia.

  3. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere

    el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago

    de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país de

    dicho vehículo.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Inmar Rolando Reyes,

    Norma Fidelia Guevara de Ramirios y Orestes Fredesman Ortez Andrade.

    DECRETA:

    Art. 1.- Exonérase del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la

    Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción

    al país de un vehículo, a favor de la Iglesia, Centro Familiar de Adoración y Misiones, el cual es de las

    características siguientes: marca: ZBI; tipo: microbús; color: verde/amarillo; año: 2001; número de vin:

    1A9TF21H61M532041; número de motor: 46078011.

    El vehículo que se introduce amparado en este Decreto, no podrá ser transferido a terceras

    personas.

    La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos

    fiscales respectivos.

    Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

    DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los cuatro días del mes

    de septiembre del año dos mil nueve.

    CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

    PRESIDENTE.

    OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ,

    VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

    INDICE LEGISLATIVO

    JOSÉ FRANCISCO...

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