LEY DE CONTRIBUCIÓN ESPECIAL A LOS GRANDES CONTRIBUYENTES PARA EL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA.

DECRETO N° 161

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que los altos índices de violencia y criminalidad que abaten a las familias salvadoreñas, causando inestabilidad y zozobra, demandan de parte de las autoridades, respuestas urgentes mediante planes coordinados y eficientes.

  2. Que dicha situación delincuencial por la que atraviesa el país, impide a la ciudadanía una vida normal en la satisfacción de sus necesidades, pues se constata una gravedad acentuada en las perturbaciones a la seguridad, la tranquilidad y la paz pública, limitando el ejercicio de los derechos fundamentales de la población, como la vida, propiedad, educación, el libre tránsito, el trabajo, entre otros.

  3. Que el Estado debe asegurar a los habitantes de la República el goce de sus derechos y, en general, de sus bienes jurídicos, y debe adoptar medidas para combatir en forma integral y frontal la criminalidad existente e implementar planes que garanticen...

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