LEY DE LA DEFENSA NACIONAL

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 948.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por medio del Decreto Legislativo Nº 868 de fecha 27 de abril de 1994 se

    derogó la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, contenida en el Decreto Ley Nº

    275, de fecha 22 de agosto de 1961, publicada en el Diario Oficial Nº 157, Tomo

    192, del 30 del mismo mes y año;

  2. Que la Defensa Nacional es un objetivo fundamental y una obligación indelegable

    e ineludible del Estado y responsabilidad de todos los salvadoreños; que siendo

    parte activa de la Seguridad Nacional es un medio para que EL SALVADOR

    mantenga el desarrollo sostenible necesario que permita a sus habitantes el goce

    de los derechos establecidos en los artículos 1 y 2 de la Constitución;

  3. Que es necesario contar con la normativa aplicable para que las instituciones y

    todos los habitantes de El Salvador, en especial los ciudadanos, aseguren los

    elementos que la Constitución manda defender;

  4. Que la Constitución establece que la soberanía del Estado reside en el pueblo,

    que el territorio de la República sobre el cual EL SALVADOR ejerce jurisdicción

    y soberanía es irreductible, dando la misión a la Fuerza Armada para su defensa;

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio

    del Ministro de la Defensa Nacional y los Diputados José Antonio Almendáriz Rivas, Roberto Villatoro,

    Rodrigo Ávila, Jesús Grande, José Rafael Machuca, Renato Antonio Pérez, Alfonso Aristides Alvarenga, René

    Napoleón Aguiluz Carranza, José Francisco Merino López, Alejandro Dagoberto Marroquín, Elizardo González

    Lovo, Noé Orlando González, Mario Antonio Ponce, Walter Guzmán, Isidro Caballero, Julio Moreno Niños,

    Rubén Orellana Mendoza, Ciro Cruz Zepeda, Manuel Durán, Milena Calderón de Escalón, Walter René

    Araujo, Carlos Antonio Borja Letona, Enrique Valdés Soto, Julio Antonio Gamero, Gerardo Antonio Suvillaga,

    Roberto José d’Aubuisson, Mauricio López Parker, Norman Noel Quijano, Guillermo Antonio Gallegos

    Navarrete, Juan Duch Martínez, Juan Miguel Bolaños, Joaquín Edilberto Iraheta, Martín Francisco Zaldivar,

    José Mauricio Quinteros, Osmín López Escalante, Nelson Funes, Héctor Nazario Salaverría, Douglas

    Alejandro Alas, William Rizziery Pichinte, Louis Agustín Calderón, Hermes Alcides Flores, Donato Eugenio

    Vaquerano, Carlos Reyes, Rafael Edgardo Arévalo Pérez, Jesús Guillermo Pérez Zarco y Ernesto Antonio

    Angulo Milla,

    DECRETA la siguiente:

    LEY DE LA DEFENSA NACIONAL

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

    INDICE LEGISLATIVO

TITULO I Artículos 1 a 4

DEL OBJETO DE LA LEY Y DEFINICIONES

CAPITULO I Artículos 1 a 3

OBJETO DE LA LEY

Art. 1 La presente Ley tiene por objeto establecer las bases jurídicas, orgánicas y funcionales

fundamentales para la preparación y ejecución de la Defensa Nacional.

Art. 2 Los objetivos de la Defensa Nacional son:
  1. Mantener la soberanía del Estado y la integridad del territorio definidos en el Art. 84 Cn;

  2. Desarrollar y mantener un Sistema de Defensa Nacional moderno y adecuado a la realidad

    de El Salvador;

  3. Contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacional.

Art. 3 Finalidades de la Defensa Nacional:
  1. Mantener la inviolabilidad de la soberanía e independencia de El Salvador y el ejercicio

    de su libertad de acción, así como la integridad de su patrimonio material e identidad

    nacional, tanto en el campo interno como en el externo;

  2. Vencer los obstáculos que se opongan a la consecución de los objetivos nacionales e

    impedir que se logren objetivos que resulten vulnerantes para el Estado Salvadoreño.

CAPITULO II Artículo 4

DEFINICIONES

Art. 4 Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
  1. Seguridad Nacional: Conjunto de acciones permanentes que el Estado propicia para crear

    las condiciones que superan situaciones de conflictos internacionales, perturbaciones a

    la tranquilidad pública, catástrofes naturales y aquellas vulnerabilidades que limiten el

    desarrollo nacional y pongan en peligro el logro de los Objetivos Nacionales;

  2. Defensa Nacional: Conjunto de recursos y actividades que en forma coordinada desarrolla

    el Estado permanentemente en todos los campos de acción, para hacer frente a una

    amenaza a la soberanía nacional y la integridad del territorio;

  3. Campos de Acción: Áreas en que se agrupan los Ministerios e Instituciones del Gobierno,

    cuyo propósito es facilitar la planificación, coordinación y ejecución de las tareas para

    prevenir o resolver un conflicto. Normalmente se establecen cuatro Campos de Acción:

    Interno, Diplomático, Económico y Militar;

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    INDICE LEGISLATIVO

  4. Política de Defensa: Parte integral de la Política Nacional, que dicta o determina los

    objetivos de la Defensa Nacional, a fin de establecer acciones y asignar los recursos

    necesarios para la consecución de tales objetivos;

  5. Estrategia Nacional: Ciencia y arte de preparar y aplicar el poder nacional, para la

    consecución de los objetivos nacionales;

  6. Poder Nacional: Conjunto de medios de todo orden de que dispone efectivamente el

    Estado para alcanzar y mantener los objetivos nacionales;

  7. Objetivos Nacionales: Metas que el Estado Salvadoreño se propone alcanzar al interpretar

    los intereses y aspiraciones nacionales. Pueden ser permanentes o actuales;

  8. Sistema de la Defensa Nacional: Conjunto de elementos y organismos que integran sus

    esfuerzos y objetivos con el fin de preservar la soberanía del Estado y la integridad del

    territorio.

TITULO II Artículos 5 a 16

DEL SISTEMA DE LA DEFENSA NACIONAL

CAPITULO I Artículos 5 a 8

DE SU FORMACION

Art. 5 El Órgano Ejecutivo tiene la responsabilidad de conducir y administrar la Defensa Nacional,

en coordinación estrecha con los Órganos Legislativo y Judicial. Su planeamiento es una actividad dentro

del...

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