LEY ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL VOTO DESDE EL EXTERIOR, EN LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES.

DECRETO Nº 273

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el sufragio es un derecho fundamental establecido en el artículo 72 de la Constitución de la República, el cual se constituye en el pilar fundamental que sostiene el principio de soberanía popular establecido en los artículos 83 y 86 de la misma, y consecuentemente un requisito para hacer realidad el sistema de gobierno, republicano, democrático y representativo.

  2. Que el ejercicio del sufragio por parte de las y los ciudadanos que residen fuera de su país de origen, es una manifestación que cada vez se afianza alrededor del mundo, especialmente en países con altas movilizaciones migratorias producto de causas políticas, económicas y sociales.

  3. Que debido a la creciente y significativa importancia que han adquirido las comunidades de salvadoreños en el exterior y la necesidad de garantizar de mejor manera el ejercicio de su ciudadanía política, se ha despertado un interés dentro y fuera de El Salvador, orientado a que los salvadoreños residentes en el exterior puedan votar en las elecciones presidenciales.

  4. Que de conformidad a lo antes expuesto y convencidos de la necesidad e importancia de proporcionar los medios necesarios para el ejercicio del sufragio de las y los salvadoreños residentes en el exterior, es procedente emitir una ley especial para la ejecución del mismo.

POR TANTO,

en uso de facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República por medio del Ministro de Relaciones Exteriores, y de los Diputados y Diputadas Othon Sigfrido Reyes Morales, Alberto Armando Romero Rodríguez, Roberto Lorenzana Durán, José Roberto d´Aubisson Munguía, Lorena Guadalupe Peña Mendoza, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Irma Lourdes Palacios Vásquez, Margarita Escobar, Francisco José Zablah S afie, Luis Roberto Angulo Samayoa, Norma Guevara, Bertha Avilés de Rodríguez, Norma Cristina Cornejo Amaya, Nidia Díaz, Carmen Elena Figueroa Rodríguez, Gloria Elizabeth Gómez de Salgado, Iris Marisol Guerra Henríquez, Rolando Mata Fuentes, Douglas Leonardo Mejía Avilés, Manuel Vicente Menjivar Esquivel, Rodolfo Antonio Parker Soto, Jackeline Noemí Rivera Avalos, Karina Ivette Sosa de Lara, y con el apoyo de las y los Diputados Ernesto Antonio Angulo Milla, Marta Lorena Araujo, Eduardo Enrique Barrientos Zepeda, José Edgar Batarsé, Susy Lisseth Bonilla Flores, Manuel Orlando Cabrera Candray, Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón, Silvia Alejandrina Castro Figueroa, Ana Marina Castro Orellana, Darío Alejandro Chicas Argueta, José Álvaro Cornejo Mena, Valentín Arístides Corpeño, Rosa Alma Cruz Marinero, Silvia Estela Ostorga de Escobar, Lucía del Carmen Ayala de León, Nery Arely Díaz de Rivera, Antonio Echeverría Veliz, René Gustavo Escalante Zelaya, Julio César Fabián Perez, Emma Julia Fabián Hernández, Félix Agreda Chachagua, Carmen Elena Figueroa Rodríguez, Juan Manuel de Jesús Flores Cornejo, Santiago Flores Alfaro, José Armando Grande Peña, Estela Yanet Hernández Rodríguez, Benito Antonio Lara Fernández, Audelia Guadalupe López de Kleutgens, Hortensia Margarita López Quintana, Mario

Marroquín Mejía, Rodolfo Antonio Martínez, Guillermo Francisco Mata Bennett, Misael Mejía Mejía, José Santos Melara Yanes, Heidy Carolina Mira Saravia, Guillermo Antonio Olivo Méndez, Orestes Fredesman Ortez Andrade, Manuel Mercedes Portillo Domínguez, Sergio Benigno Portillo Portillo, Nelson de Jesús Quintanilla Gómez, Norma Carolina Ramírez, Claudia Luz Ramírez García, Carlos Armando Reyes Ramos, Sonia Margarita Rodríguez Sigüenza, Marcos Francisco Salazar Umaña, Patricia María Salazar de...

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