LEY ESPECIAL TRANSITORIA PARA LA APLICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVAS AL ESTABLECIMIENTO DE UNA FUERZA INTERNACIONAL DE ASISTENCIA PARA LA SEGURIDAD QUE APOYE A LA AUTORIDAD PROVISIONAL DE AFGANISTAN EN EL MANTENIMIENTO DE LA SEGURIDAD EN DICHA REGIÓN.

DECRETO Nº 546

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por Decreto Legislativo Nº 211, de fecha 28 de noviembre de 2012, publicado en el Diario Oficial Nº 239, Tomo Nº 397, del 20 de diciembre del mismo año, se emitió la 201cLey Especial Transitoria para la aplicación de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, relativas al establecimiento de una Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad que apoye a la Autoridad Provisional de Afganistán en el mantenimiento de la seguridad en dicha región201d, en la que se autorizaba hasta el 13 de octubre de 2013, la contribución mediante la aportación de miembros de la Fuerza Armada de El Salvador, equipo y otros recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de adiestramiento, como parte de la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad.

  2. Que mediante resolución 2120 (2013) aprobada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en su 7041ª sesión, celebrada el 10 de octubre de 2013, se decidió prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2014, la autorización de la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad antes referida.

  3. Que a tales efectos, se vuelve necesario emitir una nueva Ley Especial Transitoria que permita al Estado de El Salvador, el cumplimiento de sus compromisos ante la Comunidad Internacional, facilitando el cumplimiento de lo establecido en el considerando anterior por parte de El Salvador, en su condición de Estado Miembro de la Organización de las Naciones Unidas.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de la Defensa Nacional.

DECRETA, la siguiente:

LEY ESPECIAL TRANSITORIA PARA LA APLICACION DE LAS RESOLUCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVAS AL ESTABLECIMIENTO DE UNA FUERZA INTERNACIONAL DE ASISTENCIA PARA LA SEGURIDAD QUE APOYE A LA AUTORIDAD PROVISIONAL DE

AFGANISTAN EN EL MANTENIMIENTO DE LA SEGURIDAD EN DICHA REGION

Artículo. 1.- El propósito de la presente normativa de carácter transitorio es cumplir con la Carta de las Naciones Unidas, especialmente con el llamado que hace la resolución 1386 (2001) a que los Estados Miembros de las Naciones Unidas presten asistencia apoyando a la Autoridad Provisional de Afganistán.

Artículo. 2.- El Estado de El Salvador, en observancia a la Resolución 2120 (2013) aprobada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en...

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