LEY DE RECONCILIACIÓN NACIONAL
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO Nº 147
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que la exitosa culminación del proceso de negociación de la paz, abre las puertas
para una nueva convivencia social fundada en el mutuo respeto y reconocimiento
y que en consecuencia, es necesario dictar las medidas legislativas necesarias
para superar el estado de violencia y agudo enfrentamiento que hemos vivido
los salvadoreños en los últimos años;
-
Que para hacer realidad esta nueva convivencia social es necesario impulsar un
proceso de reconciliación nacional en el que el perdón juega un papel importante;
-
Que el día 16 de los corrientes se suscribieron solemnemente los acuerdos de paz
en la Ciudad de México, los cuales establecen que deberán dictarse las medidas
legislativas que permitan a todos los salvadoreños incorporarse al goce pleno de
los derechos que establece la Constitución;
-
Que los acuerdos de paz establecen en forma clara el calendario para la
incorporación a la vida civil, en un marco de plena legalidad, de los miembros del
Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional;
-
Que para reconstruir nuestra sociedad es conveniente establecer un plazo
prudencial para que aquellos ciudadanos que se sientan víctimas de los hechos
acaecidos durante estos años, puedan pedir el esclarecimiento de los mismos.
Así mismo, es necesario dar a la Comisión de la Verdad el tiempo para que realice
sus averiguaciones. Pero también es igualmente importante evitar que quede
gravitando sobre la sociedad la incertidumbre de la persecución judicial por un
tiempo indefinido;
-
Que de acuerdo al Artículo Nº 131 de la Constitución, Ordinal 26, corresponde
a la Asamblea Legislativa, la facultad de conceder amnistía por los delitos políticos,
comunes conexos con éstos o por delitos comunes cometidos por un número de
personas que no baje de 20;
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados José Francisco Guerrero
Munguía, Fidel Chávez Mena, Gerardo Le Chevallier, Ciro Cruz Zepeda Peña, José Rafael Machuca, Rubén
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