ESTABLÉCESE LÍMITES TERRITORIALES ENTRE LOS MUNICIPIOS DE CHALCHUAPA Y NAHUIZALCO, DEL DEPARTAMENTO DE SONSONATE

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 801

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el

    Departamento de Sonsonate, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología

    en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes

    circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente

    disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una

    delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades

    involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto

    Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración

    y firma del Acta de límite municipal CHALCHUAPA - NAHUIZALCO con referencia

    No. 0203 - 0308, la cual se toma como base para el contenido del presente

    decreto y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que de conformidad al Art. 131 ordinal de la Constitución es competencia de

    este Primer Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y

    derogar leyes secundarias.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hernández,

    Nery Arely Díaz de Rivera, Mildred Guadalupe Machado, Erik Mira Bonilla, Rafael Morán Tobar, Mario

    Eduardo Valiente Ortiz y Guadalupe Antonio Vásquez Martínez.

    DECRETA:

    Art. 1.- Se establece como límite entre los Municipios de Chalchuapa y Nahuizalco de los

    Departamentos de Santa Ana y Sonsonate, el siguiente:

    El trazo del límite municipal está formado por un solo trayecto, determinado por un sólo tramo,

    numerado del uno al dos, por elemento natural hidrográfico.

    Punto Trifinio de inicio. Está ubicado en la intercepción de la prolongación del lindero de propiedad,

    entre las parcelas doscientos ochenta y tres, del sector cero tres cero siete R cero siete y la sesenta y ocho,

    del sector cero tres cero ocho R cero nueve, con el eje central de una quebrada sin nombre, lugar donde

    se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los municipios de Chalchuapa, del

    Departamento de Santa Ana, Nahuizalco y Juayúa, ambos del Departamento de Sonsonate. Sus

    coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos treinta mil ciento setenta y siete punto veinte metros; Latitud

    igual, trescientos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR