En el mes del acceso a la información

Javier Castro De León

Colaborador de LA PRENSA GRÁFICA

El 28 de septiembre de cada año y desde 2002, se conmemora el Día Internacional del Derecho a Saber, instituido en Sofía, Bulgaria, por la Red de Activistas por la Libertad de Información, con el objeto de reivindicar el derecho humano del acceso a la información. En las próximas semanas, entidades estatales y de la sociedad civil alrededor del mundo organizarán actividades alusivas a dicho derecho, por lo que es oportuno reflexionar sobre la aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) en el país.

En primer lugar, debe subrayarse que ha habido cambios positivos, pues sin duda que la LAIP marcó un antes y después, ya que a pesar de los múltiples obstáculos que tuvo su implementación, a cinco años de su entrada en vigor se puede afirmar que hay mucha información disponible que antes no lo estaba. Esto no significa que no haya grandes resistencias de algunos entes obligados cuando se trata de información políticamente sensible, y es ahí donde aparecen los abusos en las declaratorias de información reservada.

El papel de la Sala de lo Constitucional ha sido fundamental para proteger el derecho de acceso a la información pública. Basta recordar las distintas sentencias que reconocieron su carácter de derecho fundamental como una derivación de la libertad de expresión regulada en el art. 6 de la Constitución. Asimismo, fue de gran importancia la inconstitucionalidad del Reglamento de la LAIP, el cual pretendía limitar el contenido de la ley excediendo la facultad de potestad reglamentaria que tiene el Ejecutivo.

Recientemente, ha sido clave el fallo del primer proceso de amparo contra el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), el cual vino a establecer que violó el derecho de acceso a la información, al confirmar la reserva de la Presidencia de la República de la información sobre viajes presidenciales, gastos de publicidad y de atenciones a comitivas internacionales. Esta sentencia es muy importante porque corrige el criterio errado e ilegal que aplicó el Órgano Ejecutivo y que vino a secundar de forma incomprensible el IAIP. Este atropellado caso, que por suerte fue...

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