NORMATIVA SOBRE ARCHIVO PROVISIONAL DE PROCESOS Y DILIGENCIAS DEL ÁMBITO DEL DERECHO PRIVADO.

DECRETO N° 105

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Decreto Legislativo N° 372 de fecha 27 de mayo de 2010, publicado en el Diario Oficial N° 100, Tomo N° 387, de fecha 31 de mayo del mismo año, establece en sus Arts. 13 y 17, la realización de un diagnóstico, por parte de la Corte Suprema de Justicia, sobre el avance en la depuración de procesos iniciados con el Código de Procedimientos Civiles, ya derogado.

  2. Que a través del diagnóstico se ha identificado una cantidad considerable de procesos y diligencias promovidos, antes y después de la entrada en vigencia del Código Procesal Civil y Mercantil, que atendiendo a su naturaleza o condición material, se hace imposible cualquier impulso de oficio hasta su completa finalización, lo cual genera acumulación de expedientes en los Tribunales.

  3. Que por principios de celeridad, economía procesal y seguridad jurídica, se advierte la conveniencia pública de facilitar el dinámico y eficaz desarrollo de la actividad judicial, ante el hecho objetivo de la inactividad prolongada de determinados procesos y diligencias, producto del abandono de las partes o peticionarios.

  4. Que el "archivo provisional" es una medida eficaz para tratar los procesos y diligencias en situación de abandono por las partes, permitiendo con ello un mejor manejo de los índices de gestión de los Tribunales.

  5. Que por las razones expuestas y como...

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