PRESUPUESTO ESPECIAL EXTRAORDINARIO PARA EL EVENTO ELECTORAL 2015.

DECRETO N° 803

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por Decreto Legislativo N° 413, de fecha 25 de julio de 2013, publicado en el Diario Oficial N° 138, Tomo N° 400, del 26 del mismo mes y año, se emitió el Código Electoral, el cual en su Art. 274 establece que el Tribunal Supremo Electoral elaborará anualmente su presupuesto de gastos, incluidos los de gastos especiales que requieran de Presupuestos Extraordinarios, en consulta con el Ministerio de Hacienda, que hará los trámites pertinentes para su aprobación por parte de la Asamblea Legislativa.

  2. Que según lo dispuesto en el Art. 63, literal h) del Código citado, son obligaciones del Tribunal, como Organismo Colegiado, entre otras, preparar los presupuestos de gastos para los años ordinarios, pre 2013 electorales y electorales; por lo que, en armonía con dicha disposición, el Tribunal Supremo Electoral ha elaborado el Presupuesto Especial Extraordinario correspondiente a las elecciones de Diputados y Diputadas al Parlamento Centroamericano para el período 2016-2021; Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa y Miembros o Miembras de los Concejos Municipales para el período 2015-2018, que según el calendario electoral se realizará el 1 de marzo de 2015.

  3. Que con el propósito que el Tribunal Supremo Electoral disponga de los recursos necesarios que garanticen el fortalecimiento del proceso democrático del país, a través de una eficiente y transparente organización y desarrollo del Evento Electoral 2015, es indispensable la aprobación de un Presupuesto Especial Extraordinario para las Elecciones de 2015.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda.

DECRETA:

Art. 1.- Vótese el siguiente Presupuesto Especial Extraordinario para el Evento Electoral 2015 para Diputados y Diputadas al Parlamento Centroamericano (PARLACEN), Asamblea Legislativa y Miembros y Miembras de los Concejos Municipales, así:

0300-TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

  1. MARCO INSTITUCIONAL

    1. Política

      Desempeñar las funciones administrativas y jurisdiccionales que constitucionalmente le competen al Tribunal Supremo Electoral, garantizando el pleno ejercicio de los derechos políticos ciudadanos en el marco de la conducción institucional de un proceso electoral auténticamente democrático que legitime la voluntad soberana, libre y espontánea del pueblo salvadoreño en el Evento Electoral del año 2015.

      Promover y facilitar la amplia participación electoral ciudadana sin discriminación alguna, mediante la ejecución de acciones que pongan a disposición del país un registro electoral confiable, la pronta y cumplida justicia electoral, el sistema de voto residencial, el fomento de una cultura cívica democrática y en definitiva, el fiel cumplimiento de la Ley.

      Informar sistemáticamente al cuerpo electoral respecto del proceso eleccionario y de las formas de votación para la elección de Diputados y Diputadas de...

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