REFORMASE EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 652/1968
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 69
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que de conformidad al Art. 53 de la Constitucin, el derecho a la cultura es
inherente a la persona humana; en consecuencia, es obligacin y finalidad
primordial del Estado su conservacin, fomento y difusin.
-
Que mediante Decreto Legislativo N¼ 652, de fecha 14 de mayo de 1968,
publicado en el Diario Oficial N¼ 104, Tomo N¼ 219, del 6 de junio del mismo
ao, se estableci de forma permanente la celebracin anual de los Juegos
Florales en las ciudades de Santa Ana, San Miguel y las restantes cabeceras
departamentales de la Repblica.
-
Que la celebracin anual de los Juegos Florales, busca vigorizar la cultura
nacional en diferentes lugares de la Repblica; en consecuencia es necesario
introducir las reformas pertinentes al decreto antes relacionado, con el propsito
de adaptar dicho cuerpo normativo, a la realidad nacional e institucional.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la Repblica, por medio
del Ministro de Gobernacin,
DECRETA las siguientes:
Reformas al Decreto Legislativo N¼ 652, de fecha 14 de mayo de 1968, publicado en el Diario Oficial N¼
104, Tomo N¼ 219, del 6 de junio del mismo ao.
ÒArt. 1.- Queda establecida permanentemente la celebracin anual de los Juegos Florales en todas
las cabeceras departamentales de la Repblica."
Art. 3.- La Presidencia de la Repblica, a travs de la Secretara de Cultura o la institucin de
Estado que vele por la cultura en el pas, queda encargada de incluir en sus presupuestos anuales, las
asignaciones relativas a los gastos necesarios para la celebracin de los mencionados Juegos Florales;
y asimismo, dictar las disposiciones reglamentarias del caso, en las cuales deber determinarse la forma
en que se integrarn las respectivas comisiones organizadoras, los jurados calificadores, as como el
nmero de premios y la cuanta de los mismos, en su caso.
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