REFÓRMASE EL DECRETO LEGISLATIVO N° 514/2013

DECRETO N° 842

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad con el Artículo 131, Ordinal 11° de la Constitución, es facultad de esta Asamblea Legislativa decretar, de manera general, beneficios e incentivos fiscales o de cualquier naturaleza, para la promoción de actividades culturales, científicas, agrícolas, industriales, o de otra índole.

  2. Que según el Art. 3 de la Constitución de la Republica de El Salvador, todas las personas son iguales ante la Ley. Para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza o religión. Asimismo, su Art. 25 establece que se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones, sin más límites que el trazado por la moral y el orden público.

  3. Que mediante Decreto Legislativo No. 514 de fecha 17 de Octubre del año 2013, publicado en el Diario Oficial N° 210, Tomo N° 401, de fecha 11 de noviembre de ese mismo año, se declaró el día 28 de Octubre de cada año como 201cDía Nacional de la Iglesia Evangélica Salvadoreña201d, como un reconocimiento a la labor que impulsa la misma en el país.

  4. Que son atendibles las múltiples peticiones de los Ministros Evangélicos, en el sentido de coincidir con muchas iglesias en diferentes partes del mundo, en el que la fecha 31 de Octubre se celebra el 201cDía de la Reforma Protestante201d, razón por la cual se vuelve necesario reformar el referido Decreto, a fin de declarar el día 31 de octubre de cada año como, 201cDía Nacional de la Iglesia Evangélica Salvadoreña.201d

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de las Diputadas y los Diputados: José Antonio Almendáriz Rivas, Bertha Mercedes Avilés de Rodríguez, Carmen Elena Figueroa Rodríguez, Santiago Flores Alfaro, Juan Manuel de Jesús Flores Cornejo, Rodolfo Antonio Parker Soto, Manuel Rigoberto Soto Lazo y Guadalupe Antonio Vázquez Martínez.

DECRETA:

Art. 1.- Refórmase el Art. 1 del Decreto Legislativo N° 514, de fecha 17 de octubre del año dos mil trece, publicado en el Diario Oficial N° 210, Tomo N° 401, de fecha 11 de noviembre de 2013, de la siguiente manera:

201cArt. 1.- Declárase el 31 de octubre de cada año como 201cDIA NACIONAL DE LA IGLESIA EVANGELICA SALVADOREÑA.201d

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario

Oficial.

DADO EN EL SALON AZUL DEL...

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