Sentencia Nº 00034-21-ST-CORA-CAM de Cámara de lo Contencioso Administrativo, Santa Tecla, 07-05-2021
Sentido del fallo | REVOCACIÓN DE RESOLUCIÓN |
Tipo de Recurso | RECURSO DE APELACION |
Materia | Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa - VIGENTE |
Fecha | 07 Mayo 2021 |
Número de sentencia | 00034-21-ST-CORA-CAM |
Emisor | Cámara de lo Contencioso Administrativo, Santa Tecla |
00034-21-ST-CORA-CAM
CÁMARA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: Santa Tecla, departamento de La
Libertad, a las quince horas veinte minutos del siete de mayo de dos mil veintiuno.
IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO, PARTES Y AUTO IMPUGNADO
El presente recurso de apelación ha sido interpuesto contra el auto definitivo que en
primera instancia le puso fin al proceso liminarmente, haciendo imposible su continuación,
pronunciado por el señora Jueza Primero de lo Contencioso Administrativo de esta ciudad, a
las once horas cinco minutos del diez de septiembre de dos mil diecinueve, en el proceso
abreviado identificado con el número único de expediente 00027-19-ST-COPA-1CO,
promovido por el licenciado J.A..R.A., en calidad de procurador del señor
HSA, contra las actuaciones del ex Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial por
responsabilidad patrimonial.
Ha intervenido en esta instancia, inicialmente el abogado J.A..R.A.
y actualmente, el abogado Á.A.S.M., en calidad de procurador de la
apelante.
VISTOS LOS AUTOS Y CONSIDERANDO
I. ANTECEDENTES DE HECHO
a. El licenciado J.A..R.A. presentó demanda ante el Juzgado
Primero de lo Contencioso Administrativo de esta ciudad, por medio de la cual el señor HSA
pretendía iniciar un proceso abreviado por responsabilidad patrimonial.
b. Recibida la demanda incoada, el juzgado antes referido, emitió auto definitivo a las
once horas cinco minutos del diez de septiembre de dos mil diecinueve, en el cual la jueza a quo
resolvió sobre la base de los siguientes términos:
“(…) este juzgado advierte que el abogado de la parte actora pretende que, en el presente
proceso se conozca sobre la falta de ejecución parcial de la sentencia de fecha 10-11-2014,
emitida por la S. de lo Contencioso Administrativo en el proceso con referencia 20-2012 (…).
En este sentido, el abogado de la parte actora pretende incorporar como parte del monto
correspondiente de responsabilidad patrimonial en concepto de daño emergente la cantidad de
$66,207.49 al cual denomina “Indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de
sentencia” (…).
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