Sentencia Nº 024-21-ST-F de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, 25-02-2021

Sentido del falloInadmisibilidad del recurso
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha25 Febrero 2021
Número de sentencia024-21-ST-F
Tribunal de OrigenJUZGADO DE FAMILIA, SANTA TECLA
EmisorCámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana
024-21-ST-F
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: Santa Ana, a las once horas
del día veinticinco de febrero del año dos mil veintiuno.
DENTIFICACIÓN DEL PROCESO
La presente providencia corresponde al incidente del recurso de apelación interpuesto en
el PROCESO DE CUIDADO PERSONAL, RÉGIMEN DE VISITAS Y CUOTA
ALIMENTICIA, clasificado bajo el Número Único de Identificación ST-F(J1)-639-216-19,
promovido en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, en relación a la niña ********, por parte de
la señora ********, estudiante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán; contra el señor ********,
estudiante, del domicilio de Santa Tecla. La parte demandante es representada judicialmente por
la licenciada Mirna Elizabeth Rosa Mina, abogada, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, ambos
municipios corresponden al departamento de La Libertad; el demandado, inicialmente fue
representado por el licenciado Manuel de Jesús Melara Ramírez, quien renunció a su cargo y
fue sustituido por el licenciado Guillermo Armando Peña, ambos abogados, del domicilio de la
ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, actuando en el carácter de apoderados.
Todos son mayores de edad, a excepción de la niña ********, quien es de diez años de edad.
El incidente de apelación de esta la Cámara ha sido registrado con la referencia N° 024-
21-ST-F.
UTILIZACIÓN DE FORMAS ABREVIADAS
Salvo que indiquemos algo diferente, en el desarrollo de esta providencia hacemos uso de
las siguientes formas abreviadas: C.F. al Código de Familia; Pr.F. corresponde a la Ley
Procesal de Familia; Pr.C.M., al Código Procesal Civil y Mercantil; LEPINA, a la Ley de
Protección Integral de la Niñez y Adolescencia; fs., a los folios del expediente tramitado en la
Instancia; y Cámara, a la Cámara de Familia de la Sección de Occidente.
DECISIÓN E IMPUGNACIÓN
LA DECISIÓN. La señora Jueza de Familia interina de Santa Tecla, licenciada Julissa
Tomasa Tobar de Torres, pronunció sentencia definitiva a las 8 horas del día 19 de noviembre del
año 2020 (fs. 192 al 197, la pieza), en la cual adoptó las siguientes decisiones: PRIMERO.
expresó que homologaba acuerdos, mediante los cuales confió el cuidado personal de la niña
********, a su madre señora ********, estableció un régimen de visitas, comunicación y
estadía, de forma abierta de lunes a viernes, previa comunicación entre las partes y respetando la

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