Sentencia Nº 029-21-MET-SA-2 de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, 08-03-2021

Sentido del falloInadmisibilidad del recurso
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha08 Marzo 2021
Número de sentencia029-21-MET-SA-2
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE PAZ, METAPÁN
EmisorCámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana
029-21-MET-SA-2
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: Santa Ana, a las dieciséis
horas del día lunes ocho de marzo del año dos mil veintiuno.
IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO
La presente providencia corresponde al incidente de apelación suscitado en el proceso de
violencia intrafamiliar procedente del Juzgado Segundo de Paz de Metapán de este departamento,
con referencia 11-2020, iniciado en atención a la denuncia interpuesta por la joven ********, de
oficios domésticos, contra los señores ********, empleado, y ********, obrero; así como contra
la señora ********, de oficios domésticos. La denunciante es representada por su apoderado,
licenciado DEMAR EDUARDO SÁNCHEZ ABREGO; y, los denunciados, por el licenciado
EDWIN RUBÉN ORELLANA GONZÁLEZ. Todos son mayores de edad y del domicilio del
municipio de Metapán, departamento de Santa Ana.
El incidente de esta Cámara ha sido registrado con la referencia N° 029-21-MET-SA-2.
UTILIZACIÓN DE FORMAS ABREVIADAS.
Salvo que indiquemos algo diferente, en el desarrollo de esta providencia hacemos uso de
las siguientes formas abreviadas: LCVI a la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar; Pr.F., a la
Ley Procesal de Familia; Pr.C.M. al Código Procesal Civil y Mercantil; fs., a los folios del
expediente tramitado en el citado Juzgado; y Cámara, a la Cámara de Familia de la Sección de
Occidente.
ANTECEDENTES
Respecto al proceso de violencia intrafamiliar antes relacionado esta Cámara registró el
incidente con referencia 016-21-MET-SA-2, en el que, mediante resolución proveída a las 09
horas del día lunes 15 de febrero del corriente año -cuya certificación corre agregada de fs. 85 al
90- resolvió: DEVUÉLVASE al señor Juez Segundo de Paz de Metapán, licenciado, Federico
Guillermo Heymann Ramírez, el proceso de violencia intrafamiliar con referencia 11-2020,
iniciado en la sede judicial bajo su cargo, en atención a la denuncia interpuesta por la joven
********, contra los señores ********, ******** y ********; en consecuencia, dicho
Juzgador, a la recepción del relacionado expediente, deberá adoptar las providencias necesarias
en observancia a lo puntualizado en la presente sentencia; específicamente, agregar el escrito de
apelación al expediente judicial; y pronunciarse sobre la intervención de los apoderados de las
partes; ordenar en forma cronológica el expediente del proceso e incorporar los actos de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR