Sentencia Nº 048-22-ST-F de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, 29-04-2022
Sentido del fallo | Declárase improcedente la recusación planteada |
Tipo de Recurso | RECUSACIÓN |
Materia | FAMILIA |
Fecha | 29 Abril 2022 |
Número de sentencia | 048-22-ST-F |
Tribunal de Origen | JUZGADO DE FAMILIA, SANTA TECLA |
Emisor | Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana |
048-22-ST-F
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EN LA CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: S..A., a las
quince horas del día veintinueve de abril del año dos mil veintidós.
IDENTIFICACIÓN DEL INCIDENTE
La presente providencia corresponde al expediente del INCIDENTE DE RECUSACIÓN de la
señora J.a interina de Familia de Santa Tecla (Uno), licenciada J.T.T.
DE TORRES, planteado por el licenciado J..M.C..A., en su calidad
de apoderado de la parte demandada, señor **********, en el proceso de cuidado personal
identificado con la referencia alfanumérica con N.U.I. ST-F(J1)-071-(216)2019, promovido por
la señora **********, empleada, del domicilio de San Salvador; contra el señor **********, del
domicilio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad; la demandante es representada
judicialmente por el licenciado R..A..A..R., abogado, del
domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad; y el demandado, por el licenciado
J.M.C..A., abogado, del domicilio de La Libertad, ambos en calidad
de apoderados. Todos son mayores de edad.
El incidente de esta Cámara ha sido registrado con la referencia alfanumérica N° 48-22-
ST-F(J1).
USO DE ABREVIATURAS
Salvo que indiquemos algo diferente, en el desarrollo de esta providencia hacemos uso de
las siguientes formas abreviadas: “L.Pr.F.” Corresponde a la Ley Procesal de Familia; “C.F.” al
artículos; “inc.”, a los incisos; “fs.”, a los folios del expediente tramitado en 1ª Instancia; y
“Cámara”, a la Cámara de Familia de la Sección de Occidente.
EL INCIDENTE DE RECUSACIÓN Y SU TRÁMITE
El expediente del proceso relacionado en el párrafo que antecede fue recibido en la
Secretaría de la Cámara, constando de tres piezas y 520 folios útiles, ya que por medio de
resolución de fs. 517 la J.a remitió el proceso a fin de conocer y resolver sobre el
incidente de recusación promovido por el licenciado J.M..C.A., pretendiendo
la separación del conocimiento del proceso, de la señora J.a interina de Familia de Santa Tecla
(Uno), licenciada J..T.T. de Torres, así mismo, en el mismo, dicho profesional,
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