Sentencia Nº 102-AP-C-2020 de Tribunal de Sentencia de Ahuachapan, 24-06-2021

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha24 Junio 2021
Número de sentencia102-AP-C-2020
Delito Extorsión agravada; Extorsión
EmisorTribunal de Sentencia de Ahuachapan
102-AP-C-2020
TRIBUNAL DE SENTENCIA AHUACHAPAN, a las diez horas del día veinticuatro de junio
de dos mil veintiuno.
Causa Número 102-AP-C-2020-1 seguida por El Pueblo de El Salvador contra los señores L
E G S, salvadoreño, originario de Apaneca de este Departamento, de veintidós años de edad,
nació el día **********, soltero, jornalero, residente en Cantón ********** municipio de
********** de este Departamento, hijo de **********, estudió hasta sexto grado, con ingreso
económico de seis dólares diarios, con documento único de identidad número **********; L F
G M, salvadoreño, originario de Salcoatitán departamento de Sonsonate, soltero, jornalero y
artesano, nació el día **********, de veinticuatro años de edad, residente en Cantón
**********, jurisdicción de ********** de este Departamento, hijo de **********, es
bachiller, con ingresos de veinticinco dólares semanales, con Documento Único de Identidad
número **********; y C L H J, salvadoreño, soltero, estudiante, originario de Sonsonate,
Departamento de Sonsonate, de veinticuatro años de edad, nació el día **********, residente en
********** jurisdicción de ********** de este Departamento, hijo de **********, con
Documento Único de Identidad número **********, estudió hasta primer año de bachillerato,
sin ingreso alguno; Juzgados por el delito EXTORSION AGRAVADA, previsto y sancionado
en los Artículos 1, 2 y 3 No. 1, 7 y 8 de la Ley Especial contra el Delito de Extorsión; en
perjuicio de la víctima bajo régimen de protección con clave R.”.; el cual se calificó
definitivamente como EXTORSION conforme al Art. 2 de la misma ley; se omiten las
generales de la víctima por su condición de persona bajo régimen de protección.
Actuaron como representantes de la Fiscalía General de la República el Licenciado
V.B.V..M.; en calidad de Defensor Particular del imputado L
F G M, el Licenciado C.A..C.A., en calidad de Defensor
Particular del imputado L E G S, el Licenciado J.M.E.M.,
en calidad de defensor particular del imputado L E G S, y en calidad de Defensores Particulares
del señor C L H J, los L.J.A.V..P. y JUAN DE
D.M.D..
Preside, conoce y redacta el J.J.A.C.M..-
RESULTANDO
La Fiscalía General de la República acusó por los hechos que a continuación y de manera
literal se detallan:
“”El presente caso da su inicio luego que la víctima clave “R., decidiera interponer
denuncia, quien manifiesta ser propietaria de un negocio, refiere considerarse ofendida del delito
de Extorsión, pues está siendo fuertemente amenazada a muerte para ella y su familia por parte de
sujetos quienes se han presentado a su negocio, sujetos quienes se identificaron como miembros
de la “mara “salvatrucha” que para no hacer efectivas dichas amenazas con atentar con su vida o
quemarle el negocio, les tenía que entregar CIENTO CINCUENTA DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA semanales, además le dijeron que no diera aviso a la
policía, que iban a estar llegando siempre y otros jomboy, por lo que la víctima, contra su
voluntad se le realiza esta exigencia respondiéndoles de que no puede entregarles esas cantidades
de dinero, ya que el negocio no le rinde ganancia y que lo que ingresa es para el pago de deuda a
proveedores y bancos comienza a entregar la renta, hasta que ya no soporta con tal situación,
pues todo lo que gana se los entrega de renta a los pandilleros, por lo que decide denunciar el
hecho a principios del mes de febrero del año dos mil dieciocho, donde es asesorada del trabajo
policial de entregas controladas, accediendo la víctima a la entrega de la cantidad de dinero para
que formen los paquetes de la cantidad exigida.
Ante lo anterior, el investigador asignado al caso M E M, realiza tres entregas controladas,
previa (sic) seriado de dinero entregado por la víctima, siendo de las siguientes maneras y fechas:
Siendo la primera entrega controlada el día dieciséis de abril del año dos mil dieciocho, en
horas de la mañana al mediodía previo entrega y seriado del dinero solicitado por los
extorsionistas, llegando tres sujetos como a eso de las once horas con cincuenta minutos, luego de
que la víctima quien se había presentado en el lugar indicado por los extorsionistas, en el
municipio de Apaneca, como a eso de las once horas con treinta minutos por lo que se
conformaron cuatro equipos policiales, quienes se ubicaron en posiciones estratégicas para
observar a los sujetos que llegan a traer el dinero producto de la extorsión, darles seguimiento y
luego identificarlos, por lo que veinte minutos después de que la víctima o sea a eso de las once
horas con treinta minutos, describiéndose las características físicas, quienes se dirigen a la
víctima, pero que uno de ellos intercambia palabras con la víctima le exige la renta, aclarando de
que los otros dos sujetos se quedaron cerca de la víctima y se le quedaban viendo con el propósito
de intimidarlo, y que la entregara la feria, por lo que la víctima clave “R.” les entrega los
ciento cincuenta dólares, dichos sujetos se retiran rápidamente observando para todos lados,
asegurando de que nadie les fuera siguiendo, desplazándose de rumbo poniente de dicha ciudad y
observando que iban repartiéndose el dinero, por lo que los agentes se (sic) les dan seguimiento
los sujetos llegan hasta la altura, de la colonia El Tigre número cuatro del cantón San Ramoncito
y y ano se movieron para ningún otro lado, por lo que el equipo policial de uniformados reciben
la indicación del lugar, así como las características físicas de los sujetos con el propósito de
identificarles, refieren que al intervenir al primer sujeto éste manifestó no portar ningún
documento de identidad pero si responde al nombre de A B N G, de diecinueve años de edad,
originario de Ahuachapán, hijo de **********, residente en ********** municipio de
**********, Departamento de **********, el segundo sujeto éste manifestó no portar ningún
documento de identidad pero si responde al nombre de E E G S, de dieciocho años de edad,
originario de Apaneca hijo de **********, residente en ********** Municipio de **********
Departamento de **********, y al realizarle un registro al sujeto A B N G, el agente M Á C J,
le encontró en la bolsa derecha del pantalón la cantidad de cincuenta y cinco dólares, siendo estos
dos billetes de la denominación de veinte dólares series, MC43209797B, MF42900082K, y un
billetes de la denominación de diez dólares serie, MF827225554B, y un billete de la
denominación de cinco dólares, el cual los billetes, encontrados eran parte de lo que la víctima
clave “R., les entregó a los extorsionistas que llegaron a traer el dinero de la extorsión
momentos antes que previamente fueron seriados y fotocopiados, al sujeto a quien al
identificarle refiere ser menor de edad, a quien al realizarle un registro al gente W M H, le
encontró en la bolsa delantera derecha del pantalón la cantidad de cincuenta y tres dólares, siendo
estos dos billetes de la denominación de veinte dólares series MF57617130K, ME30848731F, y
un billete de la denominación de diez dólares serie MA37493631A, y tres monedas de un dólar,
el cual los billetes encontrados eran parte de los que la víctima CLAVE R., les entregó a
los extorsionistas, que llegaron a traer el dinero de la extorsión momentos antes, que previamente
fueron seriados y fotocopiados y al sujeto E E G S, al realizarle un registro el agente M Á C J, le
encontró en la bolsa delantera derecha del pantalón la cantidad de cincuenta y cinco dólares,
siendo estos un billete de la denominación de de veinte dólares serie ML61569307N y tres
billetes de la denominación de diez dólares series, JH50166547A, MF55787697D,
MF77737844B, y cinco monedas de un dólar, el cual los billetes encontrados eran parte de los
que la víctima clave “R., les entregó a los extorsionistas que llegaron a traer el dinero de
la extorsión momentos antes, que previamente fueron seriados y fotocopiados. Dicho dispositivo

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