Sentencia Nº 115-2021 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, 15-12-2021

Sentido del falloABSOLUTORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha15 Diciembre 2021
Número de sentencia115-2021
Delito Extorsión agravada
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Salvador
115-2021
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: SAN SALVADOR, a las quince horas del día
quince de diciembre del dos mil veintiuno.
Visto en Juicio Oral y Público, el proceso penal con número de referencia 115-20213,
contra el señor SAG, de cuarenta y cinco años de edad, casado, vendedor o comerciante, nacido
en Izalco, departamento de Sonsonate, con fecha de nacimiento **********, hijo de
**********, residente en Colonia **********, departamento de San Salvador, con ingresos
aproximadamente de cuarenta dólares diarios, con segundo grado de escolaridad, con dos hijos,
con Documento Único de Identidad número **********; EXTORSIÓN AGRAVADA
tipificado y sancionado en los artículos 2 y 3 N° 7 de la Ley Especial Contra el Delito de
Extorsión, en perjuicio de la víctima clave CUARENTA Y DOS-2020.
La Vista Pública ha sido presidida por el Juez Licenciado JOSE MAURICIO CORTES
MERCADILLO, de conformidad a lo establecido en el art. 53 Pr. Pn., en relación con el art. 34
LRARD.
Las partes que han intervenido a lo largo del presente proceso son: como Agentes
Auxiliares del Fiscal General de la República, los Licenciados EDWIN OSWALDO PEZ
PORTILLO y O.I.G..M., quienes pueden ser notificado bajo la
Referencia Fiscal número 2151-UDPP-20, en Fiscalía General de la República, edificio
Farmavida, C.C.B. y Pasaje M, Urbanización Madre Selva Tres, A.C.;
y como Defensor Particular el licenciado M.S.C., quien puede ser
notificado en el telefax número ************; y el correo ***********@hotmail.com.
FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA
...El presente caso inicia con las denuncia interpuesta por la víctima en fecha veintiséis de
octubre del año dos mil veinte, en el cual refiere ser comerciante sobre la veinticinco Avenida
Norte y Alameda Juan Pablo Segundo, en San Salvador, y que está siendo objeto de Extorsión
por sujetos de la Mara Salvatrucha, y que en primer momento llegaban a su negocio a exigir la
cantidad de diez dólares semanales en concepto de renta, que de no pagar atentarían contra su
vida o su bien patrimonial, y que desde el uno del mes de octubre del año dos mil veinte, un
sujeto de la M.S. se acercó a su negocio y le manifestó que fuera a dejarle el dinero
de la extorsión al negocio que este poseía. Es así que la víctima se hace presente a la Delegación
Policial Monserrat, el día treinta de octubre del año dos mil veinte, en la que manifiesta que el

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