Sentencia Nº 119-A-2020 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, 23-12-2020

Sentido del falloDeclaratoria de nulidad de la sentencia
Tipo de RecursoRECURSO DE APELACION
MateriaFAMILIA
Fecha23 Diciembre 2020
Número de sentencia119-A-2020
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA, SAN SALVADOR
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
119-A-2020
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS
DOCE HORAS Y TREINTA Y UN MINUTOS DEL DÍA VEINTITRÉS DE DICIEMBRE
DE DOS MIL VEINTE.
El presente Recurso de Apelación en Subsidio, ha sido interpuesto por el Licenciado
HUBERTO MERLOS HERNÁNDEZ, quien actúa como Apoderado del demandado señor
******NN o *******N, de treinta y cuatro años de edad, Licenciado en Contaduría Pública, de
este domicilio. Impugna la Interlocutoria pronunciada por la JUEZA UNO SUPLENTE DEL
JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Licenciada
CLAUDIA YANIRA CÁCERES NAVAS en el Proceso de DECLARATORIA JUDICIAL
DE PATERNIDAD, marcado bajo el N.U.E. 00560-20-FMPF-2FM1/1, promovido y
presentada la demanda por la señora ********, de treinta y siete años de edad, Licenciada en
Contaduría Pública, del domicilio de Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, en
Representación Legal de la Niña ********, de diez años de edad, Estudiante, del domicilio de
Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, por medio de la Defensora Pública de Familia,
Licenciada EDITH RAQUEL DURÁN, en contra del recurrente de generales antes
mencionadas en la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos Judiciales, del Centro
Judicial Integrado de Derecho Privado y Social de San Salvador, a las nueve horas con cuarenta y
cuatro minutos del día dieciséis de enero de dos mil veinte -v.gr.fs.1/4 y su anexo fs.5/36- quien
lo envió para su tramitación y sustanciación al Juzgado A quo. Ha intervenido la Licenciada
LILY YANIRA MELHADO UMAÑA, en su calidad de Procuradora de Familia Adscrita al
Juzgado A quo. Advertimos que el proceso fue enviado a esta instancia por el Juzgado A quo a las
once horas con treinta minutos del día martes veintidós de diciembre de dos mil veinte.
I) Previo a resolver sobre el fondo de la alzada, esta Cámara advierte del examen del
proceso, que en la sustanciación del mismo se ha incurrido en omisiones y vicios procesales, que
-gicamente- influyen en la validez de los actos procesales pronunciados. Éstos son los que
enseguida señalamos:
Del análisis minucioso del expediente realizado por parte de este Tribunal, advertimos,
que posterior, a la presentación de la Contestación de la Demanda por parte del Demandado señor
******NN o *******N, por medio de su Apoderado Judicial Licenciado HUBERTO MERLOS

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