Sentencia Nº 124-2021-ACUM-64-2021 de Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, 24-11-2021

Sentido del falloCONDENATORIA
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
MateriaPENAL
Fecha24 Noviembre 2021
Número de sentencia124-2021-ACUM-64-2021
Delito Extorsión agravada
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de San Salvador
124-2021-ACUM-64-2021
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: SAN SALVADOR, a las quince horas del día
veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.
Visto en Juicio Oral y Público, el proceso penal con número de referencia 124-2021-
32/Acum.64-2021-1, seguida en contra de las imputadas: 1) NAGP, de veintiocho años de edad,
soltera, empleada, originaria de llopango, departamento de San Salvador, nació el día
**********, hija de ********** e **********, residente en **********, departamento de San
Salvador, con Documento Único de Identidad número **********, bachiller, tres hijos de la
edad de seis, siete y tres años de edad, gana trescientos dólares mensuales, estudio hasta
bachillerato; y 2) LEVM, quien es de treinta y ocho años de edad, salvadoreña, originaria de San
Bartolo, departamento de San Salvador, trabaja en el Hospital de El Salvador de limpieza, fecha
de nacimiento el **********, residente en Colonia **********, departamento de San Salvador,
hija de ********** y **********, con Documento Único de Identidad número **********,
tiene tres hijos de dos años y medio, nueve y diecisiete años, estudio hasta primer años de
bachillerato, ganaba en su trabajo doscientos setenta dólares; procesadas por el delito calificado
definitivamente como EXTORSIÓN AGRAVADA, previsto y sancionad en el Art. 2 y 3 N° 1, 7
y 8 de la Ley Especial Contra los Delitos de Extorsión, en perjuicio de la víctima Clave
CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES.
La Vista Pública ha sido presidida por el Juez Licenciado JOSÉ MAURICIO CORTES
MERCADILLO, de conformidad a lo establecido en el Art. 53 Pr. Pn., en relación con el Art. 2
y 3 N° 1, 7 y 8 de la Ley Especial Contra los Delitos de Extorsión.
Las partes que han intervenido a lo largo del presente proceso son: como Agentes
Auxiliares del Fiscal General de la República, el Licenciado JULIO M.M..
.
B., quien puede ser notificado en la Unidad Especializada Contra Extorsiones y
Crimen Organizado, ubicado en Paseo General Escalón, número 5454, entre la 101 y 103
Avenida Norte, al P. del Redondel Masferrer, Colonia Escalón, San Salvador, al telefax
número 2240-3293, y en la Referencia Fiscal número 0055-UAEX-2020; y como Defensor
Público de las imputadas el Licenciado E.A..R.M., quien puede
ser notificado en la Procuraduría General de la República, Unidad de Defensoría Penal de San
Salvador.
FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA
... Las acciones realizadas en contra de la víctima clave CUATRO MIL SEISCIENTOS
OCHENTA Y TRES inician el día sábado veintidós de febrero del año dos mil veinte, cuando a
las veinte horas con treinta minutos a su teléfono de uso personal recibió una llamada telefónica
la cual provenía del número **********4, la cual al contestar escuchó la voz de una persona del
sexo masculino quien le dijo buenas noches (menciono el nombre de la víctima) no me vaya a
colgar la llamada, soy de la pandilla dieciocho y la onda que queremos una colaboración de parte
de usted de mil dólares, decidiendo la víctima cortar la llamada y bloquear el número de teléfono
del cual le llamaron, pero el siguiente día es decir domingo veintitrés de febrero del dos mil
veinte, a las nueve horas con catorce minutos, a su teléfono personal recibió un mensaje de voz a
través de la aplicación WhatsApp, el cual provenía del número de teléfono **********2 donde
un sujeto le saluda y a la vez le reclama por no haber contestado las llamadas y le cuestiona el por
qué los bloqueo, además le dicen que piense bien las cosas que pretenda hacer y le mencionan el
nombre de su cónyuge y el nombre de otro familiar, agregando que lo tienen bien controlado y le
exigen que devuelva las llamadas para poder negociar además le recalcan que no vaya a llamar a
la policía porque los problemas serían más graves para ella, de igual manera le manifiestan que
llegarán a su casa o a su oficina, optando la victima por no contestar el referido mensaje, pero ese
mismo día domingo veintitrés recibió una llamada del número **********8 el cual corresponde
a su empleada de nombre NAGP y esta le informa que a su negocio el cual se encuentra ubicado
en el Municipio de S. habían llegado dos personas uno de ellos portando un arma de
fuego en su cintura y le dijo decile al viejo hijueputa dueño de esta mierda ¿Qué cree? Que está
jugando con nosotros, le hemos estado llamando y no contesta y nos ha bloqueado, así que le
vamos a enseñar que con la pandilla no se juega, le pedimos una feria y ahora va a perder más
feria y procedieron a robar la cantidad de seiscientos veintiocho dólares con once centavos y
otros productos relacionados al rubro de su negocio haciendo en total la cantidad de mil
cuatrocientos veinticuatro dólares lo robado en esa ocasión, posteriormente el siguiente día, es
decir, el veinticuatro de febrero del dos mil veinte a las siete de la noche la víctima recibió otra
llamada la cual provenía del número **********3 la cual decidió contestar y escuchó la voz de
una persona del sexo masculino quien le dijo era de la pandilla dieciocho y este se hace
responsable del robo sucedido el día domingo en el negocio de la víctima, además este sujeto le
dice que ellos tienen conocimiento que la víctima tiene dos negocios en la zona de Soyapango y
que ese es territorio controlado por ellos por lo que tiene que pagarles la cantidad de
CINCUENTA DÓLARES semanales por cada negocio, a lo que la víctima le contesta que no
tiene la capacidad económica de poder pagar esa cantidad de dinero, por lo que el sujeto le
pregunta hasta con cuanto les puede colaborar y la víctima les responde que con la cantidad de
veinte dólares y el sujeto le contesta que para que vea que lo comprenden le van aceptar esa
cantidad y que como son dos negocios serian ochenta dólares cada mes por cada uno y entre los
dos por cada mes serian CIENTO SESENTA DÓLARES además le refiere que el dinero lo
quieren para la fecha cinco de cada mes y que ellos se comunicaran con la víctima para coordinar
como harán. Razones por las cuales el día veinticinco de Febrero del año dos mil veinte la
víctima acude a las instalaciones de la División de Investigación de Extorsiones de la Policía
Nacional Civil de San Salvador a interponer la respectiva denuncia por lo cual se asigna como
investigador del caso al C.H. quien asesora a la víctima y retoma la negociación y para lo
cual la víctima le proporciona un teléfono celular marca SKY, con NÚMERO asignado
********** (**********7) el cual en la presente investigación es identificado como el
negociador bueno para que este con autorización de la Fiscalía General de la República
implementara técnicas especializadas de investigación consistente en entregas bajo cobertura
policial con la finalidad de proceder a la identificación de las personas que recojan el dinero
producto de la extorsión teniendo como resultado que el día cinco de marzo del año dos mil
veinte a las diez horas con veintinueve minutos el investigador utilizando el teléfono celular
numero (**********7) proporcionado por la víctima realizó una llamada telefónica al número
(**********3 MALO) llamada que fue contestada por una persona del sexo masculino quien
inicialmente le dijo que hondas y el investigador le contesto le estoy llamando para ver cómo
vamos hacer la entrega del dinero de la renta y el sujeto le respondió no vayas a apagar el
teléfono ya te voy a marcar, en ese mismo instante el investigador recibió una llamada telefónica
en el teléfono celular negociador (**********7) observando que la llamada telefónica procedía
del teléfono celular número (**********3 MALO) y al contestarla el sujeto extorsionista le
pregunto qué hondas ya estás en Plaza Mundo y este le respondió que no, que una empleada ha
mandado con los ciento sesenta dólares para que te lo entregue ahí te va a estar esperando en la
entrada principal de Plaza Mundo frente a la pasarela y el sujeto le dijo como esta esa mierda
quedamos que vos ibas a venir y este le contesto que por unos compromisos personales urgentes
no puedo ir yo, y el sujeto le respondió no me vayas hacer ninguna pendejada viejo cerote porque
te vas arrepentir, estate pendiente ya te voy a marcar cortando la llamada dicho sujeto,

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