Sentencia Nº 129-2020-3 de Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador, 22-06-2021
Sentido del fallo | CONDENATORIA |
Normativa aplicada | D.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE |
Materia | PENAL |
Fecha | 22 Junio 2021 |
Número de sentencia | 129-2020-3 |
Delito | Agresión sexual en menor e incapaz continuada |
Emisor | Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador |
129-2020-3
Tribunal Sexto de Sentencia: San Salvador, a las catorce horas del día veintidós de
junio de dos mil veintiuno.
Visto el Juicio oral y público celebrado el día siete del presente mes y año, en el proceso
penal instruido en contra del imputado M Á L, de sesenta y siete años de edad, casado con
********** con fecha de nacimiento el día **********, hijo de los señores **********, con
residencia en **********, a quien se le atribuye el delito calificados provisionalmente como
Agresión Sexual en Menor e Incapaz continuada, tipificado y sancionado en el artículos 161
inciso 1 del Código Penal, en relación al artículo 42 del mismo cuerpo legal, en perjuicio de la
víctima ********** de quien se omite el nombre en cumplimiento de los artículos 46 inciso 2 y
47 literales "d" y "e" de la Ley Especial de Protección para la Niñez y Adolescencia.
Partes Interviniente
Han intervenido como partes en el Juicio en representación del Fiscal General de la
República, las agentes auxiliares licenciadas G.J.G. de Cabrera y R.
De La Paz Araniva De Hernández y como Defensor Particular del imputado, el licenciado
M.R..I.S., mayores de edad, Abogados de la República, y del
domicilio de esta Ciudad.
Conforme a lo prescrito en el artículo 53 del Código Procesal Penal, el presente
proceso fue sometido al conocimiento de este Tribunal en forma unipersonal, siendo presidido
por la suscrita J.R.I.V.E..
El presente proceso se inició mediante requerimiento fiscal presentado en el Juzgado
Tercero de Paz de Soyapango, a las nueve horas con cincuenta minutos del día dieciséis de mayo
de dos mil veinte, celebrando audiencia inicial a las once horas con quince minutos del día
dieciocho de mayo de dos mil veinte, en donde se ordena la Instrucción del proceso, remitiéndose
al Juzgado de Instrucción de esa misma ciudad, en donde se celebró audiencia preliminar, a las
once horas del día siete de octubre de dos mil veinte, en donde se admite la acusación, dictándose
el correspondiente Auto de Apertura a Juicio mediante resolución de las diez horas del día
nueve de octubre de ese mismo año, remitiéndose el expediente a este Tribunal, donde se recibió
a las once con diez minutos del día cuatro de noviembre de ese año, llevándose a cabo la Vista
Pública en este tribunal, el día siete de junio del corriente año, día en que las partes acuerdan que
este proceso sea tramitado bajo las reglas del procedimiento abreviado de conformidad al artículo
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