Sentencia Nº 130-P-2018 de Corte Plena, 13-04-2021

Sentido del falloDése audiencia y emplácese
MateriaFAMILIA
Fecha13 Abril 2021
Número de sentencia130-P-2018
EmisorCorte Plena
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas doce minutos del trece de
abril de dos mil veintiuno.
A sus antecedentes el oficio número 1040, de folios 38, pieza II, remitido por el Juzgado
Primero de Paz de San Miguel, al que agrega acta de notificación de folios 37, pieza II, en la cual
la Secretaria Interina del mencionado Tribunal, expresa que no se realizó el auxilio judicial
solicitado a efecto de dar audiencia y emplazar al señor *********, conocido según sentencia de
folios 17, pieza I, por **********, en vista de que la dirección proporcionada pertenece a la
jurisdicción de Chinameca y no a la de San Miguel.
En vista de lo anterior, es necesario remitir las presentes diligencias a la ciudad de
Chinameca, que es la jurisdicción a la que corresponde la dirección antes mencionada.
Por lo que, cumpliéndose los requisitos de conformidad con lo que disponen los artículos
11, 182 atribución 4ª de la Constitución de la República de El Salvador, 558 del Código Procesal
Civil y M. y 35 número 5 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, esta Corte
RESUELVE:
DESE AUDIENCIA Y EMPLÁCESE al señor **********, conocido según sentencia
de folios 17, pieza 1, por **********, sobre la existencia de las presentes diligencias de pareatis
y remítasele la documentación que consta en este expediente, en la siguiente dirección:
**********; jurisdicción de Chinameca, departamento de San Miguel, para que proponga las
pruebas que estime pertinentes dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la notificación respectiva. En consecuencia comisiónase al Juzgado Primero de Paz
de Chinameca, departamento de San Miguel, para lo cual líbrese el oficio correspondiente con
inserciones legales. NOTIFÍQUESE.
----------DUEÑAS.------A.L.J..------D..L.R.G..-------P.V..C.
.
B..F.-------RCCE.-------J.A.QUINTEROS H.--------S. L. RIV. MARQUEZ.-----
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.-----
-S.R.A..-----SRIA.------RUBRICADAS.

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