Sentencia Nº 134-19-3 de Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador, 10-12-2019

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Sexto de Sentencia de San Salvador
Fecha10 Diciembre 2019
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia134-19-3
Delito Extorsión agravada
134-19-3
Tribunal Sexto De Sentencia: San Salvador, a las catorce horas del día diez de
diciembre de dos mil diecinueve.
Visto el Juicio Oral y Público en modalidad de Videoconferencia el día veintiséis de
noviembre del corriente año, en el proceso penal instruido contra: del imputado J I R H, alias
"El Ch***" de veintidós años de edad, salvadoreño, originario de Apopa, soltero, hijo de los
señores **********, residente en **********; a quien se le atribuye el delito calificado
provisionalmente como Extorsión Agravada, tipificado y sancionado en el artículos 2 y 3
números 1,2,3 y 4 de la Ley Especial contra el Delito de Extorsión, en perjuicio patrimonial
de la víctima Clave "Rusia".
Partes Intervinientes
Han intervenido como partes en el Juicio en representación del Fiscal General de la
República, el Agente Auxiliar, Licenciado José Alexis Canizales Matal; como Defensor
Público del imputado R H, el Licenciado Juan Francisco Miranda Zetino, ambos mayores de
edad, Abogados de la República.
Conforme a lo prescrito en el artículo 53 y 417 del Código Procesal Penal, el presente
proceso fue sometido al conocimiento de este Tribunal en forma unipersonal, siendo presidido
por la suscrita Juez, Rosa Irma Vigil Estrada.
El presente proceso se inició mediante requerimiento fiscal presentado en el Juzgado de
Paz de Apopa, el día veintiocho de mayo de dos mil diecisiete; celebrando audiencia inicial a
las nueve horas del día treinta y uno de mayo de ese año, en donde se ordena la Instrucción del
proceso remitiéndose el mismo al Juzgado Instrucción de esa ciudad, en donde se celebró
audiencia preliminar, a las diez horas del día veintiuno de noviembre del año en referencia,
dictándose el correspondiente Auto Apertura a Juicio a las doce horas con cuarenta minutos del
día veinte de junio de dos mil dieciocho, remitiéndose el expediente a este tribunal, en donde se
recibe a las doce horas del día trece de junio de dos mil diecinueve, llevándose a cabo la Vista
Pública el día veintiséis de noviembre del corriente año, ocasión en que las partes acordaron se
aplicara el procedimiento abreviado y únicamente se dio a conocer el fallo respectivo de manera
verbal, con el correspondiente fundamento, ordenándose diferir la entrega de copias de la
Sentencia para este día.

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