Sentencia Nº 143-U-2-21 de Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana, 27-07-2021
Sentido del fallo | CONDENATORIA |
Normativa aplicada | D.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE |
Materia | PENAL |
Fecha | 27 Julio 2021 |
Número de sentencia | 143-U-2-21 |
Delito | Acoso sexual |
Emisor | Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana |
143-U-2-21
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: S..A., a las doce horas con quince minutos del
veintisiete de julio de dos mil veintiunos.
Causa No. 143-U.2/21 instruida contra: AJC O AC, de sesenta y cinco años de edad,
nació el veintitrés de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco en S.A., jornalero,
salvadoreño, residente en **********, S.A., soltero, hijo de ********** y **********,
identificado con su documento único de identidad número **********, por el delito de ACOSO
SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 165 inciso 2º del Código Penal en perjuicio de
"UNA MENOR DE EDAD", de la cual no se revela su identidad de conformidad de
conformidad a los artículos 106 lit. a) y d) del Código Procesal Penal, y en relación con los Arts.
46 Inc.2 y 47 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (LEPINA), quien es
representada legalmente por su padre L. *********
La Vista Pública fue presidida por el H.J...G.L.D..í., según
lo establecido en el artículo 53 Inciso último del Código Procesal Penal. Intervinieron en vista
pública como fiscal la Licenciada M..E..F..S. y como defensor
particular el licenciado R.A.C.R..-
HECHAS SOMETIDOS A JUICIO:
I.- Se presentó escrito de acusación en el J.gado Primero de Instrucción, S.A.,
contra AJC O AC, por los siguientes hechos: "
Fue con fecha catorce de diciembre del año dos mil dieciocho a eso de las veinte horas
con veintiún minutos cuando el señor LJQT, interpuso denuncia en contra de un vecino suyo a
quien denuncio con el nombre de AC, debido a que ese mismo día su menor hija de siete años de
edad con iniciales de su nombre ********** se omite en cumplimiento a lo dispuesto en los
Arts. 106 No. 10 Lit. D CPP y Art. 57 de la LEY DE PROTECCION INTEGRAL PARA LA
NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA (LEPINA) le manifestó que el señor mencionado en dos
oportunidades distintas cuando llegó a comprar a la tienda de una vecina que está a pocas casas
de la suya y la vecina es compañera de vida de dicho señor, éste la agarró con fuerza, le besó en
la boca y cuando quería gritar le tapó su boca, le mete las manos bajo su licra y le toco su parte
intima o vulva y cuando la soltó le dijo que no dijera nada porque va a meter preso a su papá y a
su mamá, estando la menor en estado de shock llorando cuando le dijo lo anterior a su padre y
que la segunda vez que hizo esas acciones había sido ese mismo día cuatro de diciembre del año
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