Sentencia Nº 15-18 de Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque, 23-11-2018

Sentido del falloABSOLUTORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal de Sentencia de Sensuntepeque
Fecha23 Noviembre 2018
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia15-18
Delito Extorsión
15-18
TRIBUNAL DE SENTENCIA. Sensuntepeque, departamento de Cabañas, a las quince horas
del día veintitrés de noviembre de dos mil dieciocho.
Visto en juicio oral el proceso bajo Referencia 15-18-3 instruido en contra de 1) P M T
M, quien manifestó ser de veintiséis años de edad, acompañado con **********, Ayudante de
Albañil y Agricultor, con estudios de cuarto grado de escolaridad, originario de Ilobasco, con
residencia en **********, Municipio de **********, Departamento de Cabañas hijo de los
señores **********, con fecha de nacimiento veintinueve de Abril del año mil novecientos
noventa y uno; 2) N A M G, dice ser de treinta y nueve años de edad, Motorista y Jornalero,
casado con **********, con estudios de noveno grado de escolaridad, originario de Ilobasco,
con fecha de nacimiento 24 de mayo de mil novecientos setenta y ocho, con residencia en
**********, municipio de **********, departamento de Cabañas. 3).- N DE J T V, quien
manifestó ser de veintitrés años de edad, soltero, Mecánico, con estudios de quinto grado de
escolaridad, originario de Ilobasco, nació el veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y
cinco, con residencia en **********, Cabañas, hijo de ********** procesados por el delito de
EXTORSION AGRAVADA, previsto en el art. 2 y 3, numerales 1,7 y 8 de la Ley Especial
contra el delito de Extorsión, en perjuicio de la víctima clave DOS MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS (2256).
De conformidad a lo establecido en el Art. 53 del Código Procesal Penal, la Vista Pública
estuvo a cargo de la Jueza, Licenciada NORA DEL CARMEN BARRIOS DERAS.
Intervinieron como como partes técnicas, la Licenciada RAQUEL ESPERANZA
GOMEZ DE SANCHEZ, en calidad de Agente Auxiliar del Fiscal General de la Republica, y los
Defensores Particulares Licenciados MARIA ISABEL CASELLANOS PEREZ; ALDO
FRANZUA ALVAREZ ZEPEDZA y DOUGLAS ERNESTO MELGAR ARGUETA y el
Licenciado MIGUEL ISAIAS GUERRERO MEJIA, la primera como defensora de N A M G; el
segundo y tercero como Defensores de N DE J F V y el ultimo como defensor de P M T M .
I- CONSIDERANDOS
La vista pública se declaró abierta y se iniciaron los debates, erg procedimiento se
observaron las prescripciones y términos de Ley.
En consecuencia, siendo procedente la acción penal promovida por la Representación
Fiscal y competente el Tribunal para el caso en examen, se procedió a la apertura de la Vista
Pública, en cuanto a la existencia del delito acusado por la parte fiscal y la participación de los
procesados presentes, así como la responsabilidad civil.
II.- RELACION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS
Según denuncia realizada en la División de investigación de extorsiones, Policía Nacional Civil,
san salvador, con fecha NUEVE DE JULIO DE DOS MIL QUINCE. Recibida por el
investigador R C A R, quien hizo constar que la víctima clave "DOS MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS", MANIFIESTO: Que el día Miércoles ocho de Julio de dos mil quince a
su lugar de trabajo llegaron dos personas del sexo masculino con aspecto de pandilleros, que uno
se quedó dándole seguridad al otro a una distancia de aproximadamente quince metros y el otro
se apersonó donde la persona denunciante, a dicho sujeto lo describe de la manera siguiente: De
aproximadamente un metro con setenta centímetros de estatura, moreno, colocho, delgado, quien
vestía una camisa manga larga a cuadros de color negro y gris, pantalón de lona de color blanco,
quien inmediatamente saco de una de las bolsas del pantalón un aparato telefónico de color azul
con negro y le dijo de manera prepotente al compareciente "Hey maitro de la Mara somos y aquí
te traemos este fon para negociar una onda con voz porque vas a tener que pagar una renta
mensual y si no contestas cuando te hablemos vamos a regresar solo a pegarte una gran
balaceada", sigue manifestando que al individuo que le entrego el aparato telefónico lo conoce
con el alias de "El D***", ya que dicho individuo es bien reconocido en la zona; agrega la
persona que denuncia que el aparato telefónico que el individuo le entrego es de la Marca
Verykool, con cámara, pantalla táctil, color azul y negro; sigue manifestando que ese mismo día
ocho de Julio de ese año, siendo aproximadamente a eso de las once horas con veintisiete
minutos, recibió llamada telefónica al teléfono que los individuos el habían dejado; dicha llamada
provenía del número ********** el cual al contestar escucho la voz de una persona del sexo
masculino, quien de inmediato le manifestó que le estaban llamando de la Mara Salvatrucha, y
que no fuera a cortar la llamada, luego le manifestó el individuo que desde hace varios meses lo
han estado posteando (vigilando) que ya sabían todo sobre su negocio y sobre su familia, que
nada les costaba llegar al negocio a pegar/es una rafagueada con los fusiles, pero que por eso le
estaban llamando para dialogar y darles una oportunidad; sigue manifestando la persona que
denuncia que le pregunto al sujeto que cual era la razón para que le enviaran el teléfono
específicamente a su persona y a su negocio, respondiéndole el individuo que ya todo estaba
planificado y que tenía que pagar una renta mensual de quinientos dólares V que de entrada
pagaría mil dólares, que si se negaba lo matarían o a cualquiera de sus familiares; siendo en ese
momento que la persona denunciante le manifestó que no podía comprometerse a cancelarles esa
cantidad, ya que el negocio no daba para tanto, pero el extorsionista le manifestó que pensara
bien las cosas y que le llamarían al día siguiente, pero que no fuera a apagar el teléfono, luego le
cortaron la llamada; continua manifestando que siendo aproximadamente a eso de las once horas
con treinta y dos minutos de este día nueve de Julio de dos mil quince recibió llamada telefónica
en el teléfono celular que los pandilleros le dejaron para negociar; dicha llamada provenía del
mismo número del sujeto extorsionista que le había llamado el día anterior, donde al contestar el
compareciente escucho la voz de otra persona del sexo masculino, quien de inmediato le pregunto
sobre que había pensado sobre el dinero que ellos (los pandilleros) querían, respondiéndole la
persona denunciante que el de buena voluntad les podía ayudar con una mensualidad de cien
dólares, para que lo dejaran trabajar tranquilamente, pero en ese momento el individuo le
manifestó que ellos en ningún momento le aceptarían esa cantidad ya que no eran limosneros,
que se pusiera vivo porque de lo contrario lo matarían; sigue manifestando la persona que
denuncia que posteriormente recibió dos llamada telefónicas mas donde los individuos le dijeron
que le daban hasta al mediodía del Viernes diez de Julio de dos mil quince para que les diera una
respuesta definitiva, porque de lo contrario tendría que cerrar el negocio a partir del día Sábado,
ya que ellos no permitirían que continuara funcionando, que lo menos que le aceptarían de forma
mensual serian trescientos dólares, luego le cortaron la llamada; sigue manifestando el
compareciente que durante las llamadas los individuos se pasaban el teléfono para negociar, ya
que escucho aproximadamente tres voces distintas, pero que había uno de ellos que decidía y
tomaba el control de la negociación; En esa misma fecha la víctima solicitó que se nombrara un
negociador en el caso y por el motivo, autoriza para que a partir de la fecha sea un investigador el
que se encargue de negociar con los sujetos, dicha negociación se llevara a cabo a través de: R C
A R, con la finalidad de llegar a un acuerdo con el extorsionista sobre los lugares y hora de
entrega del dinero, para lo cual se hizo pasar como "LA VICTIMA ", por lo tanto en ése acto la
persona identificada como "DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS", le hace entrega de
un teléfono celular, Marca Verykool, color azul v negro, con cámara, pantalla táctil, activado con
la empresa Tigo, con número asignado **********, Con el cual se realizaron las negociaciones
de la manera siguiente:
REALIZÁNDOSE TRES ENTREGAS VIGILADAS

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