Sentencia Nº 156-3-2017 de Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, 23-08-2017

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador
Fecha23 Agosto 2017
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia156-3-2017
Delito Homicidio agravado Homicidio agravado tentado Tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego
156-3-2017
TRIBUNAL 4° DE SENTENCIA
San Salvador, a las catorce horas con treinta y cinco minutos del día veintitrés de agosto
de dos mil diecisiete.
Ha sido evacuado el juicio de la Causa registrada en este Tribunal bajo referencia N° 156-
3-2017, instruida contra los señores: I) JOSÉ LUIS R. L., quien dijo ser de dieciocho años de
edad, soltero, sin trabajo permanente ayuda de su mamá en un comedor, originario de San Martín,
departamento de San Salvador, donde nació el catorce de octubre de mil novecientos noventa y
ocho, hijo de los señores […], residente en Colonia […], pasaje […], casa # […], San Martín, San
Salvador; II) HERBER ORLANDO U. O., quien refirió ser de veinte años de edad, panificador,
acompañado con la señora […], originario de San Martín, departamento de San Salvador, donde
nació el día dos de enero de mil novecientos noventa y siete, hijo de los señores […], residente en
Comunidad […] pasaje El […], Lote número […], San Martín; III) DENNIS MAURICIO G. G.,
quien dijo ser de treinta años de edad, casado con la señora […], tiene dos hijos, instalador de
tabla roca, originario de San Martín, departamento de San Salvador, donde nació el día veinte de
julio de mil novecientos ochenta y siete, hijo de los señores […] residente en Comunidad […],
pasaje […], casa # […], San Martín; y IV) KEVIN ALEXANDER V. I., quien refirió ser de
veintiún años de edad, vendedor ambulante, acompañado con la señora […], tiene un hijo,
originario de Santa Tecla, departamento de La Libertad, donde nació el día catorce de abril de mil
novecientos noventa y seis, hijo de los señores […], residente en Comunidad […], pasaje "[…]",
casa # […], San Martín; a quienes se les atribuyó la comisión de los delitos definitivamente
calificados como: I) HOMICIDIO AGRAVADO, según lo previsto y sancionado en los Arts.
33, 39 N° 4, 128 y129 N° 10 del Código Penal, en perjuicio del derecho a la vida del señor
MARIO ANTONIO H. B.; II) HOMIDIDIO AGRAVADO en grado de TENTATIVA,
regulado en los Arts. 24, 33, 39 N° 4, 128 y 129 N°10 Pn., en perjuicio del Derecho a la Vida de
las personas que gozan de régimen de protección denominadas con las claves 'MIGUEL' y
'CAZADOR', asimismo, al imputado R. L. se le atribuyó la comisión del delito de III)
TENENCIA, PORTACIÓN O CONDUCCIÓN ILEGAL O IRRESPONSABLE DE
ARMAS DE FUEGO, conforme lo regula el Art. 346-B Pn, y al imputado V. I., se le atribuyó la
comisión del delito de IV) TENENCIA, PORTACIÓN O CONDUCCIÓN DE ARMAS DE
GUERRA, conforme lo regula el Art. 346 Pn, estos dos últimos en pejuicio de la PAZ PÚBLICA.
Durante el plenario se contó con la participación de los Abogados ROSA CLARIBEL
ROMERO GONZÁLEZ en calidad de Agente Auxiliar de la Fiscalía General de la República; y
HERIBERTO ALEJANDRO VILLALTA LÓPEZ en condición de Defensor Particular de todos los
procesados.
La vista pública fue conducida por la señora Jueza VIRGINIA LORENA PAREDES DE
DUEÑAS, quien ha sido la responsable de redactar los argumentos que sustentan la presente
Sentencia de Mérito, luego de la respectiva valoración sobre los medios de prueba producidos.
HECHOS ACUSADOS Y SOMETIDOS A JUICIO
HOMICIDIO AGRAVADO Y HOMICIDIO AGRAVADO TENTADO
- Que, el día tres de enero de dos mil diecisiete, la victima Mario Antonio H. B., Clave
MIGUEL y CAZADOR, quienes corresponden a la Policía Nacional Civil, recibieron turno
aproximadamente a las nueve de la mañana, el cual concluía hasta las veintidós horas de ese
mismo día, por lo que en momentos que realizaban dicho patrullaje preventivo en los sectores de
responsabilidad, según orden de patrullaje siendo estos el Cantón El Mojón, comunidad Génesis,
Colonia El Paraíso y Lotificación Angélica todos del municipio de San Martin, por lo que
aproximadamente a las trece horas con treinta minutos cuando pasaban por la Comunidad
Génesis una persona del sexo masculino la cual no quiso identificarse por motivos de seguridad y
temor a represalias, les aviso que en un pasaje de La Colonia El Paraíso se encontraba un grupo
de sujetos reunidos los cuales son miembros de la padilla dieciocho del lugar y que estos sujetos
se encontraban bien armados portando armas de fuego entre estos fusiles al parecer M dieciséis y
AK cuarenta y siete, por lo que decidieron ir a verificar dicha información hasta el lugar donde se
encontraban dichos sujetos, por lo que deciden salir caminando sobre la parte de arriba de la
Colonia El Paraíso ya que es un lugar rustico tipo rural donde cultivan granos básicos, y que
todos iban guardando una distancia de seguridad de aproximadamente de diez metros, primero
iba el fallecido es decir el agente M. A. H. B., luego clave MIGUEL y más atrás iba clave
CAZADOR, por lo que al llegar al terreno rustico conocido como la tabacalera, Comunidad El
Paraíso, Cantón La Flor, San Martin, el grupo de agente policiales observan a un
aproximadamente de siete a ocho sujetos que se encontraban reunidos y quienes al observar la
presencia policial inmediatamente comienzan a disparar contra los agentes utilizando armas de
juego al parecer largas y luego salen corriendo para diferentes lugares bien dispersos, huyen del
lugar por lo que clave MIGUEL y CAZADOR, salen corriendo tratando ubicar a los sujetos, pero
como a eso de unos diez minutos aproximadamente después que los sujetos dejan de disparar
encuentran al compañero Agente M. A. H. B., tirado sobre una vaguada ya sin vida observando
que este presentaba una lesión a la altura de la clavícula costado izquierdo, por lo que
inmediatamente pidieron apoyo a otros equipos de la FIRRT, que se encontraban cerca de la zona
donde se dio el intercambio de. disparos, montado un fuerte dispositivo en el lugar del hecho y
sus alrededores, con la finalidad de rastrear y capturar a los sujetos que cometieron el hecho y sus
alrededores, con la finalidad de rastrear y capturar a los sujetos que cometieron el hecho,
posteriormente tienen conocimiento que otras patrullas ya habían capturado a los sujetos que
habían participado en el intercambio de disparos, posteriormente en el operativo son capturados a
las quince horas en la comunidad El Paraíso y Caserío El Mojón del Cantón La Flor, de la
jurisdicción de San Martin el señor Kevin Alexander V. I., a quien se le. incauta un cargador de
arma de fuego tipo fusil, cinco cartuchos en los que se lee en la base de cada uno de ellos LC
ochenta y siete y un teléfono celular color negro marca ALCATEL con un chip de la empresa
movistar con numero de IMEI 014406000524242 y su respectiva batería, asi mismo se detiene a
las diecisiete horas con quince minutos en la zona boscosa de los alrededores de la Colonia El
Paraíso, municipio de San Martin a José Luis R. L. a quien se le incauta un arma de fuego, tipo
pistola, sin marca, calibre nueve milímetros, pavon deteriorado, cacha de madera, color café, sin
serie, con su respectivo cargador y dos cartuchos de igual manera fueron capturados los
imputados Herber Orlando U., O., alias "El M.", y Dennis Mauricio G. G. alias "M.".
- Que, al lugar de la escena se hicieron presentes F. O. C., en su calidad de agente
Investigador de la División Central de Investigaciones de la Policía Nacional Civil, quienes se
hicieron acompañar por técnicos de la División Policía Técnica y Científica señores A. de J. F.
C., en su calidad de Fotógrafo, J. E. M., en su calidad de Recolector de evidencias y E. D. B.,
como Planimetrista, quienes procedieron a Procesar la escena , realizando además junto con el
galeno William H. P., en su calidad de perito permanente adscrito al Instituto de Medicina Legal
Doctor Roberto Másferrer, al levantamiento del cadáver de la persona de M. A. H. B.,
estableciendo de forma preliminar las lesiones que presentaba, posteriormente fue trasladado al
Instituto de Medicina Legal Doctor Roberto Masferrer, para efecto de realizarle la
correspondiente autopsia y determinar la causa directa de la muerte.
TENENCIA, PORTACIÓN O CONDUCCIÓN ILEGAL O IRRESPONSABLE DE
ARMAS DE FUEGO, imputado A JOSÉ LUIS R. L..

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