Sentencia Nº 158-19-3 de Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador, 13-01-2020

Sentido del falloCONDENATORIA
MateriaPENAL
EmisorTribunal Sexto de Sentencia de San Salvador
Fecha13 Enero 2020
Normativa aplicadaD.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Número de sentencia158-19-3
Delito Acoso sexual
158-19-3
Tribunal Sexto de Sentencia: San Salvador, a las catorce horas del día trece de enero de
dos mil veinte.
Visto el Juicio Oral y Público celebrado el dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve,
en el proceso penal instruido en contra del imputado J R M R, de cincuenta y dos años de edad,
Pintor, casado con **********, no tiene hijos, reside en **********, Departamento de San
Salvador, nació en Soyapango, Departamento de San Salvador, el día veinte de marzo de mil
novecientos sesenta y siete, es hijo de **********, con estudios hasta Octavo Grado, a quien el
Ministerio Fiscal le atribuye el delito calificado provisionalmente como Acoso Sexual, tipificado
y sancionado en el artículo. 165 Incisos 1 y 2 del Código Penal., en perjuicio de la Indemnidad
Sexual del adolescente ********** representado legalmente por su madre, quien es la señora
**********
Partes Intervinientes.
Han intervenido como partes en el Juicio en representación del Fiscal General de la
República, la Agente Auxiliar, Licenciada Sandra Patricia Castro De Cuellar, y en calidad de
Defensora Particular, la Licenciada Delmy Clementina Reyes Villatoro, ambos mayores de
edad, Abogados de la República.
Conforme a lo prescrito en el artículo 53 y 417 del Código Procesal Penal, el presente
proceso fue tramitado bajo el Procedimiento Abreviado y sometido al conocimiento de este
Tribunal en forma unipersonal, siendo presidido por la suscrita Juez, Rosa Irma Vigil Estrada.
El presente proceso se inició mediante requerimiento fiscal presentado en el Juzgado
Primero de Paz de Delgado el día dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho, celebrando
audiencia inicial, a las nueve horas con treinta minutos del día uno de abril de dos mil
diecinueve; en donde se ordena la Instrucción del proceso, remitiéndose el mismo al Juzgado de
Instrucción de esa misma ciudad, en donde se celebró audiencia preliminar, a las diez horas con
cuarenta minutos del día diez de julio del referido año, dictándose Auto de Apertura a Juicio,
según resolución de las quince horas con cuarenta minutos del día doce de julio del año en
comento, remitiéndose el expediente a este Tribunal, donde se recibió a las ocho horas del día
dieciocho de julio del año antes enunciado, y se señala la Vista Pública para las once horas del
día treinta y uno de julio de ese año, y siendo ese día y la hora, no se contaba con la

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